I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Copa América. (BOE-A-2023-25881)
Real Decreto 1124/2023, de 19 de diciembre, por el que se desarrollan medidas en los ámbitos de la navegación marítima y aérea, la meteorología y el dominio público radioeléctrico para atender a los compromisos derivados de la celebración de la XXXVII Copa América en Barcelona.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 21 de diciembre de 2023

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«Copa América de vela», que incluye varias regatas preliminares programadas
fundamentalmente entre los años 2023 y 2024 en diferentes localidades, incluyendo la
celebración en Barcelona de la Copa América de la Juventud, la Copa América
Femenina, la regata preliminar final, la serie de selección de los desafiantes y la final de
la Copa América entre el actual defensor del trofeo y el desafiante final.
b) «Celebración del acontecimiento»: la duración completa del periodo entre el 1 de
abril de 2022 y el 31 de diciembre de 2025.
c) «Entidad organizadora»: las entidades contempladas en el apartado uno de la
disposición final trigésima quinta de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre.
d) «Equipos participantes»: los equipos inscritos y que participen en cualquiera de
las regatas que componen la XXXVII Copa América Barcelona y las demás filiales, o
entidades sin fin de lucro, que constituyan cualquiera de los equipos inscritos para la
participación en la XXXVII Copa América Barcelona, que estén directamente relacionadas
con la participación en el acontecimiento y sobre las que se posea una participación de, al
menos, el 51 por ciento de su capital social de forma directa o indirecta.
e) «Organización»: además de la entidad organizadora, el director del evento, el
director de la regata, el comité de regata, el comité de reglas, el comité de medición, el
panel arbitral, el jurado internacional, los árbitros, la comisión de los equipos
participantes y sus miembros, el equipo de producción y realización de la señal televisiva
internacional, así como cualquier otra persona o entidad que participe en la preparación
y desarrollo de la XXXVII Copa América Barcelona de acuerdo con el Protocolo que
regula su XXXVII edición. La entidad organizadora los acreditará a los efectos oportunos.
CAPÍTULO II
Navegación Marítima
Artículo 3. Zona de exclusión permanente.
1. Se creará por la Capitanía Marítima de Barcelona una zona de exclusión
permanente, señalizada mediante un sistema de balizamiento, para la navegación de
buques de arqueo bruto igual o superior a 500 (GT), a excepción de los buques de
pasaje con destino a la zona de regata que, para tales fines, pudieran ser autorizados o
despachados por la Capitanía Marítima de Barcelona. Esta Capitanía Marítima podrá
autorizar expresamente la navegación de buques de arqueo bruto igual o superior
a 500 (GT) que lo soliciten justificadamente, como uno de los supuestos para el
despacho de buques previstos en los artículos 7 y 9 del Reglamento de Ordenación de la
Navegación Marítima, aprobado por el Real Decreto 186/2023, de 21 de marzo.
2. La zona de exclusión permanente se sitúa en las aguas costeras de Barcelona
delimitadas al sur por el dispositivo de entrada a la bocana norte del Puerto de
Barcelona, al oeste por el veril de 20 metros paralelo a la costa, al norte por la
desembocadura del río Besós con el paralelo con Latitud 41.º 25´N y al este por el
meridiano de Longitud 002.º 17´E.
Esta zona de exclusión permanente está delimitada por los siguientes puntos:
a) Desembocadura del río Besós.
b) Latitud 41.º 25,00’N y Longitud 002.º 17,00’E.
c) Latitud 41.º 21,50’N y Longitud 002.º 17,00’E.
d) Latitud 41.º 20,50’N y Longitud 002.º 14,00’E.
e) Luz verde de la bocana norte del puerto de Barcelona.
f) Límite Oeste: frente marítimo de Barcelona entre la luz verde de la bocana norte
del puerto de Barcelona y la desembocadura del río Besós.
3. En la zona de exclusión permanente, a propuesta de la entidad organizadora, se
podrán establecer zonas de fondeo permanentes y diarias relacionadas con el
acontecimiento, incluyendo la instalación permanente de pesos muertos para la

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