I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Copa América. (BOE-A-2023-25881)
Real Decreto 1124/2023, de 19 de diciembre, por el que se desarrollan medidas en los ámbitos de la navegación marítima y aérea, la meteorología y el dominio público radioeléctrico para atender a los compromisos derivados de la celebración de la XXXVII Copa América en Barcelona.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304

Jueves 21 de diciembre de 2023

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Asimismo, el real decreto es coherente con el principio de proporcionalidad puesto
que las obligaciones impuestas representan las imprescindibles para atender a los
compromisos derivados de la celebración del mencionado acontecimiento. Además,
atendiendo al principio de seguridad jurídica, este real decreto resulta coherente con el
resto del ordenamiento jurídico que regula las navegaciones marítima y aérea, la
información meteorológica y el dominio público radioeléctrico.
Por otra parte, se atiene al principio de transparencia cuando se han identificado los
motivos que justifican la elaboración de esta iniciativa reglamentaria y se ha ofrecido a
sus destinatarios la oportunidad de tener participación mediante el trámite de audiencia a
través del portal web del entonces Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana. Igualmente, el proyecto se ha sometido a consulta de la Comunidad Autónoma
de Cataluña y a informe de, entre otros ministerios, el anterior Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital y el anterior Ministerio de Política Territorial, este
último, en cuanto a su impacto en la distribución de las competencias entre el Estado y
las comunidades autónomas.
Finalmente, el principio de eficiencia ha estado presente en la elaboración de esta
norma, en la medida que se ha evitado imponer cargas administrativas innecesarias o
accesorias y se logra, con la puesta a disposición de los recursos actuales, el resultado
de celebrar con éxito esta edición de la Copa América de vela.
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en los artículos 149.1.20.ª
y 149.1.21.ª de la Constitución Española, que atribuyen al Estado las competencias
exclusivas, por un lado, en marina mercante, puertos de interés general, transporte
aéreo y servicio meteorológico, y, por otro lado, en telecomunicaciones. Asimismo, este
real decreto tiene su fundamento legal en la disposición adicional centésima décima
séptima de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, y para su elaboración se han cumplido
los trámites establecidos en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, sobre la
potestad reglamentaria.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, de la
Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y del Ministro de
Transformación Digital, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función
Pública, de acuerdo con el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de
Ministros en su reunión del día 19 de diciembre de 2023,
DISPONGO:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.

Objeto.

Artículo 2. Definiciones.
A los efectos de lo dispuesto en este real decreto y en su normativa de desarrollo, y de
conformidad con la disposición final trigésima quinta de la Ley 31/2022, de 23
de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, se entenderá por:
a) «XXXVII Copa América» o «XXXVII Copa América Barcelona» o «Copa
América» o, simplemente, «Acontecimiento»: la celebración de la trigésimo séptima
edición del trofeo deportivo más antiguo del mundo, denominado «America’s Cup» o

cve: BOE-A-2023-25881
Verificable en https://www.boe.es

Este real decreto tiene por objeto la adopción de diversas medidas para atender a las
necesidades y los compromisos derivados de la organización y celebración de la
XXXVII Copa América en Barcelona, en los ámbitos concretos de la navegación
marítima, incluido el tráfico portuario, la navegación aérea, la meteorología y el dominio
público radioeléctrico.