I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre el Valor Añadido. (BOE-A-2023-25882)
Orden HFP/1359/2023, de 19 de diciembre, por la que se desarrollan para el año 2024 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto Sobre el Valor Añadido.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304
Jueves 21 de diciembre de 2023
Sec. I. Pág. 168611
Actividad: Otros cafés y bares. Epígrafe I.A.E.: 673.2
Módulo
Definición
Unidad
Cuota devengada anual
por unidad
–
Euros
1
Personal empleado.
Persona.
2.577,52
2
Potencia eléctrica.
KW Contratado.
47,83
3
Mesas.
Mesa.
56,69
4
Longitud de la barra.
Metro.
62,89
5
Máquinas tipo «A».
Máquina tipo «A».
177,15
6
Máquinas tipo «B».
Máquina tipo «B».
655,45
7
Importe total de las comisiones
por loterías y por máquinas de
apuestas deportivas.
Euro.
0,21
Cuota mínima por operaciones corrientes: 6 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.
Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos o módulos anteriores incluye, en su caso, la
derivada de máquinas de recreo tales como billar, futbolín, dardos, etc., así como de los expositores de
cintas, vídeos, compact-disc, expendedores de bolas, etc., máquinas de juegos infantiles, máquinas
reproductoras de compact-disc y vídeos musicales, loterías, máquinas de apuestas deportivas y el servicio de
uso de teléfono, siempre que se realicen con carácter accesorio a la actividad principal.
Actividad: Servicios en quioscos, cajones, barracas u otros locales análogos. Epígrafe
I.A.E. 675
Módulo
Definición
Unidad
Cuota devengada anual
por unidad
–
Euros
1
Personal empleado.
Persona.
4.357,86
2
Potencia eléctrica.
KW contratado.
50,48
3
Superficie del local.
Metro cuadrado.
4,06
4
Importe total de las comisiones
por loterías.
Euro.
0,21
Cuota mínima por operaciones corrientes: 3 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.
Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos, índices o módulos anteriores incluye, en su
caso, la derivada de la comercialización de loterías, siempre que esta actividad se desarrolle con carácter
accesorio a la actividad principal.
Módulo
Definición
Unidad
1
Personal empleado.
Persona.
2
Potencia eléctrica.
KW contratado
3
Mesas.
Mesa
4
Máquinas tipo "A".
Máquina tipo «A»
Cuota devengada anual
por unidad
–
Euros
3.817,55
141,72
46,05
177,15
cve: BOE-A-2023-25882
Verificable en https://www.boe.es
Actividad: Servicios en chocolaterías, heladerías y horchaterías. Epígrafe I.A.E. 676
Núm. 304
Jueves 21 de diciembre de 2023
Sec. I. Pág. 168611
Actividad: Otros cafés y bares. Epígrafe I.A.E.: 673.2
Módulo
Definición
Unidad
Cuota devengada anual
por unidad
–
Euros
1
Personal empleado.
Persona.
2.577,52
2
Potencia eléctrica.
KW Contratado.
47,83
3
Mesas.
Mesa.
56,69
4
Longitud de la barra.
Metro.
62,89
5
Máquinas tipo «A».
Máquina tipo «A».
177,15
6
Máquinas tipo «B».
Máquina tipo «B».
655,45
7
Importe total de las comisiones
por loterías y por máquinas de
apuestas deportivas.
Euro.
0,21
Cuota mínima por operaciones corrientes: 6 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.
Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos o módulos anteriores incluye, en su caso, la
derivada de máquinas de recreo tales como billar, futbolín, dardos, etc., así como de los expositores de
cintas, vídeos, compact-disc, expendedores de bolas, etc., máquinas de juegos infantiles, máquinas
reproductoras de compact-disc y vídeos musicales, loterías, máquinas de apuestas deportivas y el servicio de
uso de teléfono, siempre que se realicen con carácter accesorio a la actividad principal.
Actividad: Servicios en quioscos, cajones, barracas u otros locales análogos. Epígrafe
I.A.E. 675
Módulo
Definición
Unidad
Cuota devengada anual
por unidad
–
Euros
1
Personal empleado.
Persona.
4.357,86
2
Potencia eléctrica.
KW contratado.
50,48
3
Superficie del local.
Metro cuadrado.
4,06
4
Importe total de las comisiones
por loterías.
Euro.
0,21
Cuota mínima por operaciones corrientes: 3 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.
Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos, índices o módulos anteriores incluye, en su
caso, la derivada de la comercialización de loterías, siempre que esta actividad se desarrolle con carácter
accesorio a la actividad principal.
Módulo
Definición
Unidad
1
Personal empleado.
Persona.
2
Potencia eléctrica.
KW contratado
3
Mesas.
Mesa
4
Máquinas tipo "A".
Máquina tipo «A»
Cuota devengada anual
por unidad
–
Euros
3.817,55
141,72
46,05
177,15
cve: BOE-A-2023-25882
Verificable en https://www.boe.es
Actividad: Servicios en chocolaterías, heladerías y horchaterías. Epígrafe I.A.E. 676