I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre el Valor Añadido. (BOE-A-2023-25882)
Orden HFP/1359/2023, de 19 de diciembre, por la que se desarrollan para el año 2024 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto Sobre el Valor Añadido.
79 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304
Jueves 21 de diciembre de 2023
Módulo
Definición
Importe total de las comisiones
por loterías.
5
Unidad
Sec. I. Pág. 168612
Cuota devengada anual
por unidad
–
Euros
Euro
0,21
Cuota mínima por operaciones corrientes: 20 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.
Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos o módulos anteriores, incluye, en su caso, la
derivada de las actividades de elaboración de chocolates, helados y horchatas, el servicio al público de
helados, horchatas, chocolates, infusiones, café y solubles, bebidas refrescantes, así como productos de
bollería, pastelería, confitería y repostería que normalmente se acompañan para la degustación de los
productos anteriores, y de máquinas de recreo tales como balancines, caballitos, animales parlantes, etc., así
como de la comercialización de loterías, siempre que se desarrollen con carácter accesorio a la actividad
principal.
Actividad: Servicio de hospedaje en hoteles y moteles de una o dos estrellas. Epígrafe
I.A.E.: 681
Módulo
Definición
Unidad
Cuota devengada anual
por unidad
–
Euros
1
Personal empleado
Persona.
2.604,09
2
Número de plazas
Plaza.
53,14
3
Importe total de las comisiones
por loterías
Euro.
0,21
Cuota mínima por operaciones corrientes: 20 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.
Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos, índices o módulos anteriores incluye, en su
caso, la derivada de la comercialización de loterías, siempre que esta actividad se desarrolle con carácter
accesorio a la actividad principal.
Actividad: Servicio de hospedaje en hostales y pensiones. Epígrafe I.A.E.: 682
Módulo
Definición
Unidad
1
Personal empleado.
Persona.
2
Número de plazas.
Plaza.
Cuota devengada anual
por unidad
–
Euros
2.533,22
55,80
Cuota mínima por operaciones corrientes: 20 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.
Módulo
Definición
Unidad
1
Personal empleado.
Persona.
2
Número de plazas.
Plaza.
Cuota devengada anual
por unidad
–
Euros
1.762,62
29,22
Cuota mínima por operaciones corrientes: 30 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.
cve: BOE-A-2023-25882
Verificable en https://www.boe.es
Actividad: Servicio de hospedaje en fondas y casas de huéspedes. Epígrafe I.A.E.: 683
Núm. 304
Jueves 21 de diciembre de 2023
Módulo
Definición
Importe total de las comisiones
por loterías.
5
Unidad
Sec. I. Pág. 168612
Cuota devengada anual
por unidad
–
Euros
Euro
0,21
Cuota mínima por operaciones corrientes: 20 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.
Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos o módulos anteriores, incluye, en su caso, la
derivada de las actividades de elaboración de chocolates, helados y horchatas, el servicio al público de
helados, horchatas, chocolates, infusiones, café y solubles, bebidas refrescantes, así como productos de
bollería, pastelería, confitería y repostería que normalmente se acompañan para la degustación de los
productos anteriores, y de máquinas de recreo tales como balancines, caballitos, animales parlantes, etc., así
como de la comercialización de loterías, siempre que se desarrollen con carácter accesorio a la actividad
principal.
Actividad: Servicio de hospedaje en hoteles y moteles de una o dos estrellas. Epígrafe
I.A.E.: 681
Módulo
Definición
Unidad
Cuota devengada anual
por unidad
–
Euros
1
Personal empleado
Persona.
2.604,09
2
Número de plazas
Plaza.
53,14
3
Importe total de las comisiones
por loterías
Euro.
0,21
Cuota mínima por operaciones corrientes: 20 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.
Nota: La cuota resultante de la aplicación de los signos, índices o módulos anteriores incluye, en su
caso, la derivada de la comercialización de loterías, siempre que esta actividad se desarrolle con carácter
accesorio a la actividad principal.
Actividad: Servicio de hospedaje en hostales y pensiones. Epígrafe I.A.E.: 682
Módulo
Definición
Unidad
1
Personal empleado.
Persona.
2
Número de plazas.
Plaza.
Cuota devengada anual
por unidad
–
Euros
2.533,22
55,80
Cuota mínima por operaciones corrientes: 20 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.
Módulo
Definición
Unidad
1
Personal empleado.
Persona.
2
Número de plazas.
Plaza.
Cuota devengada anual
por unidad
–
Euros
1.762,62
29,22
Cuota mínima por operaciones corrientes: 30 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.
cve: BOE-A-2023-25882
Verificable en https://www.boe.es
Actividad: Servicio de hospedaje en fondas y casas de huéspedes. Epígrafe I.A.E.: 683