III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Operaciones de tesorería. (BOE-A-2023-25876)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se establecen las condiciones generales aplicables a las convocatorias para la celebración de operaciones de adquisición temporal de activos y depósitos a plazo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303

Miércoles 20 de diciembre de 2023

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extremo, serán admisibles los valores que cumplan con los requisitos contenidos en la
disposición séptima.
g) En su caso, otras condiciones adicionales o especialidades que se apliquen a la
subasta o a las operaciones.
Decimonovena.

Comunicación de la liquidez ofertada.

Antes de las 10 h de la mañana del horario oficial peninsular del día en que hayan de
presentarse las peticiones para cada subasta, la Dirección General del Tesoro y Política
Financiera pondrá a disposición de las entidades que puedan participar en la misma, el
saldo estimado para cada día del período de vigencia del resultado de la subasta o, en
su caso, la cantidad cierta ofertada.
Vigésima. Actualización de la información a las adjudicatarias en los casos de
operaciones con vencimiento diario.
Durante el período de vigencia del resultado de la subasta, las entidades
adjudicatarias de operaciones con vencimiento diario recibirán todos los días hábiles,
antes de las 10 h de la mañana del horario oficial peninsular, una estimación del saldo a
transferir ese mismo día. Una vez sea cierto el saldo a ceder por el Tesoro Público a las
entidades adjudicatarias, se comunicará el importe definitivo a cada entidad.
Asimismo, durante la vigencia de las operaciones, la Dirección General del Tesoro y
Política Financiera pondrá a disposición de las entidades adjudicatarias información
sobre la evolución prevista de los saldos a transferir. Con carácter ordinario, el primer día
hábil de cada semana se actualizará la previsión de saldos a transferir estimados para
esa semana. No obstante, lo anterior, cuando sea necesario por circunstancias
sobrevenidas, podrán actualizarse posteriormente las previsiones de saldos.
Vigesimoprimera.

Presentación de ofertas en las subastas.

1. Las entidades que cumplan los requisitos de la disposición decimosexta podrán
presentar sus peticiones hasta las 12 h de la mañana del horario oficial peninsular del día
que se indique en la convocatoria y deberán remitirlas al Banco de España mediante los
medios seguros que este habilite a tal efecto.
2. Cada petición contendrá:
El importe solicitado:

1.º Cuando la cantidad ofertada corresponda a importes variables diarios a
transferir en función del saldo disponible del Tesoro Público, el importe solicitado se
indicará en porcentaje, en forma de puntos porcentuales.
La puja mínima de la petición con tipo más elevado que presente cada entidad será
establecida en cada convocatoria en función del importe máximo a traspasar en el
período de vigencia. Las demás pujas de cada entidad podrán realizarse en porcentajes
de saldo inferiores, pero múltiplos de cero con diez por ciento en todo caso.
2.º Cuando la cantidad ofertada por el Tesoro Público corresponda a un importe fijo,
el importe solicitado se indicará en valores absolutos. El importe de cada petición no
podrá ser inferior a 100 millones de euros y las peticiones por importes superiores
habrán de realizarse por múltiplos de 10 millones de euros.
b)

El tipo de interés ofertado:

1.º En las subastas convocadas a tipo de interés variable, habrán de señalar el
diferencial sobre el tipo de interés de referencia, en puntos básicos.
2.º En las subastas convocadas a tipo fijo se indicará el tipo de interés anual en
porcentaje con dos decimales.

cve: BOE-A-2023-25876
Verificable en https://www.boe.es

a)