III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2023-25873)
Resolución de 12 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con los titulares de los derechos morales y patrimoniales del legado del fotógrafo alemán Walter Reuter durante la guerra civil española, para la cesión de una copia digital al Centro Documental de la Memoria Histórica para su difusión en el Portal de Archivos Españoles.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303

Miércoles 20 de diciembre de 2023

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contar para ello con la aprobación previa de la heredera de don Guillermo Fernández
López-Zúñiga como derechohabiente de los derechos de propiedad intelectual del fondo
personal de su padre.
4. Para los fondos del fotorreportero alemán don Walter Reuter, el uso de las
imágenes digitalizadas en cualquier trabajo de investigación se atendrá a las normas de
la Subdirección General de los Archivos Estatales, en cuanto a su cita y reproducción,
precisando, por tanto, para la difusión de las mismas, de la firma de las licencias
correspondientes con el CDMH a través de la Dirección General de Patrimonio Cultura y
Bellas Artes.
5. Corresponde al Estado, Ministerio de Cultura la competencia de difusión del
Patrimonio Histórico Documental de titularidad estatal, así como cualquier otra forma de
difusión, nacional o internacional, telemática o vía internet y para cualquier finalidad, con
independencia de los derechos de propiedad intelectual del Estado o de terceros y las
autorizaciones preceptivas, sin perjuicio de colaboraciones específicas que, en su caso,
se establezcan con u otras personas físicas o jurídicas, mediante convenio.
Cuarta. Difusión de la colaboración del ministerio de cultura y los propietarios de los
fondos originales.
El Ministerio de Cultura se compromete a difundir, en todas las actuaciones
relacionadas con el objeto de este Convenio, la colaboración con doña María Teresa
Fernández Muñoz, como hija y heredera única del fotógrafo y cineasta español don
Guillermo Fernández López-Zúñiga, recabándose previamente la conformidad del mismo
en cuanto a la forma de difusión, así como también la de doña Hely Anette Reuter
Araújo, como titular de los derechos morales de autor sobre la obra de su padre.
Quinta.

Financiación.

La suscripción del presente convenio no conlleva obligaciones financieras o
contraprestaciones económicas para ninguna de las partes. No se adquirirán para para
el Ministerio de Cultura ni para los derechohabientes de los fondos propiedad de la
heredera de don Guillermo Fernández López-Zúñiga otras obligaciones ni compromisos
que los contenidos en dichas normas y en el presente documento.
Vigencia y modificación del convenio.

1. El presente convenio tendrá una duración de cuatro años prorrogables, mediante
adenda y previa sustanciación de los trámites previstos normativamente, conforme a lo
dispuesto en el artículo 49.h) 2.º de la citada Ley 40/2015. Dicha adenda de prórroga
surtirá efectos con su inscripción en REOICO antes de la fecha de extinción del
convenio. Asimismo, la adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Este convenio suscrito resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se
refiere la disposición adicional séptima. Asimismo, será publicado en el «Boletín Oficial
del Estado».
3. Asimismo, en previsión de un régimen de modificación y en conformidad con lo
que establece el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, a falta de regulación
expresa la modificación del contenido del Convenio requerirá acuerdo unánime de los
firmantes. Las modificaciones se tramitarán conforme a lo previsto en el artículo 50 de la
citada Ley 40/2015.
Séptima.

Comisión de seguimiento.

1. Se creará una comisión de vigilancia y seguimiento del Convenio que estará
compuesta por un representante de cada una de las partes. Por el Ministerio de Cultura
formarán parte el coordinador técnico designado por la Dirección del CDMH, y un
representante designado a tal efecto por la Subdirección General de los Archivos Estatales.

cve: BOE-A-2023-25873
Verificable en https://www.boe.es

Sexta.