III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2023-25873)
Resolución de 12 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con los titulares de los derechos morales y patrimoniales del legado del fotógrafo alemán Walter Reuter durante la guerra civil española, para la cesión de una copia digital al Centro Documental de la Memoria Histórica para su difusión en el Portal de Archivos Españoles.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303

Miércoles 20 de diciembre de 2023

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derechos de Propiedad Intelectual es derechohabiente Doña María Teresa Fernández
Muñoz y, por otro, un fondo con negativos fotográficos realizados por el fotorreportero
alemán Walter Reuter durante la contienda española de 1936-1939, con 2.200 negativos,
de cuyos derechos de Propiedad Intelectual es derechohabiente doña Hely Reuter.
Todos los negativos originales de la lata, en un 90 % nitratos, en la actualidad
se encuentran depositados en el búnker para nitratos del Centro de Conservación y
Restauración de la Filmoteca Española, donde además se encuentra depositada una
copia de la digitalización realizada con un proyecto financiado por la Dirección General
de Memoria Histórica en una resolución de 8266 x 5504 pixeles. De esta manera queda
asegurada la perdurabilidad de este fondo documental.
En consecuencia, ambas partes formalizan el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

1. La cesión y difusión de imágenes de los negativos del fondo fotográfico de don
Guillermo Fernández López-Zúñiga y de los negativos de la colección producida por el
alemán don Walter Reuter durante la Guerra Civil Española al Centro Documental de la
Memoria Histórica del Ministerio de Cultura.
2. La difusión se realizará a través del Portal de Archivos Españoles (PARES),
de los micrositios asociados a este portal o en cualquier otro espacio web vinculado al
Ministerio de Cultura.
Segunda.

Condiciones generales del objeto del convenio.

1. El CDMH diseñará y aportará la estructura de los metadatos técnicos, descriptivos
y administrativos que habrán de identificar a las imágenes producidas en el proyecto.
2. En el supuesto de que se necesite digitalizar nuevamente algunos negativos
o fotografías, las reproducciones digitales se harán en color y el formato primario de
captura será TIFF a 300 ppi o superior. Cada imagen estará recortada, orientada y
alineada correctamente. El nombre de la imagen se ajustará a los modelos que utiliza
para estos fondos el CDMH, según el patrón CDMH_TXXXX_ XXX_XXXX_XXXX.tiff.
3. El máster en formato TIFF de la reproducción digital quedará en posesión de los
titulares de los derechos patrimoniales de autor, sin limitaciones de lugar y tiempo, de
los derechos que pudieran corresponder a los titulares de los derechos morales de autor.
Finalidad de la difusión.

1. La reproducción digital, objeto del presente Convenio, tiene como finalidad el
depósito en el Centro Documental de la Memoria Histórica de Salamanca de una copia
digital en formato con pérdida (jpeg) a 200 ppp como máximo del fondo y de la colección
completa mencionadas en la cláusula primera, donde quedarán a disposición de los
investigadores y ciudadanos que soliciten su consulta.
2. La consulta de los fondos fotográficos se realizará respetando la normativa y
recomendaciones de la Subdirección General de los Archivos Estatales y requerirá, en
todo caso, la firma del aviso legal común a todos los usuarios de los Archivos Estatales,
comprometiéndose a respetar la legalidad vigente en materia de patrimonio, propiedad
intelectual y protección de datos de carácter personal, así como también mencionando la
titularidad y autoría del fondo y de la colección de negativos mencionados anteriormente.
3. Para los fondos fotográficos de don Guillermo Fernández López-Zúñiga, el Ministerio
de Cultura se compromete a utilizar las imágenes digitalizadas única y exclusivamente
para fines educativos y de estudio e investigación. Cualquier otro uso o cesión a
terceros, así como su utilización con fines venales, no estarán permitidos, debiendo

cve: BOE-A-2023-25873
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.