I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Medidas urgentes. (BOE-A-2023-25758)
Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 20 de diciembre de 2023
Sec. I. Pág. 167814
constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. Asimismo, el modelo ha de ser flexible
y adaptable en función de las competencias, capacidades y conocimientos necesarios
para el acceso a los diferentes cuerpos, escalas, o categorías, y mixto, es decir, basado
tanto en los conocimientos como en la evaluación de competencias y habilidades. El
modelo se completa con su dimensión social, para garantizar la diversidad social y
territorial en el acceso al empleo público.
Los principios rectores que deben inspirar el modelo de selección tienen que pivotar
básicamente en cuatro ejes: la definición de la dimensión objetiva de la selección, en
cuanto a los perfiles y competencias profesionales; la agilidad y la eficiencia en los
procesos selectivos, buscando además la adecuación entre las pruebas y las funciones a
desarrollar; la remoción de obstáculos económicos y sociales en el acceso al empleo
público; y la profesionalización de los tribunales de selección.
A la vista de la crucial importancia de las actuaciones que deben llevarse a cabo en
cada uno de los ejes descritos y como cierre del modelo que se pretende dibujar con la
reforma planteada, se recoge la transformación del Instituto Nacional de Administración
Pública en una agencia estatal que lidere la política de selección y su ejecución de una
forma más ágil y eficiente, impulsando una estructura racional y simplificada.
En tercer lugar, se pone el acento en la evaluación del desempeño, introduciendo
una cultura de la responsabilidad en la gestión que debe servir para que el personal
empleado público desarrolle su cometido con un claro compromiso de servicio público y
ejerza de estímulo para que lo cumpla con eficacia y eficiencia.
Como complemento a esta cultura de responsabilidad y profesionalización de la
gestión, la carrera horizontal constituye uno de los aspectos más novedosos de este real
decreto-ley, diseñado como un modelo complementario a la estructura por niveles de los
puestos de trabajo, basado en la progresión en un itinerario de tramos sin necesidad de
que se produzca un cambio de puesto de trabajo.
Finalmente, otro elemento clave en la concepción de una Administración moderna
orientada a la planificación, evaluación y control de las políticas públicas, consiste en la
regulación de la figura del personal directivo público profesional, actor clave llamado a
impulsar y pilotar las actuaciones dirigidas a plasmar en la práctica las reformas aquí
planteadas. Las medidas incluidas en este real decreto-ley pretenden garantizar la
profesionalización y reforzar la idoneidad, capacidad y orientación a resultados de las
personas que asumen los puestos directivos.
IV
Asimismo, en el marco del mismo Componente 11 del Plan de Recuperación, se
incluyen una serie de objetivos, encaminados a acelerar y ampliar el despliegue de los
servicios públicos locales, también a través de medios digitales como las aplicaciones;
apoyar a las ciudades pequeñas en su prestación de servicios públicos; y actualizar y
mejorar el padrón municipal de habitantes gestionado por las entidades locales, a través
de la reforma de la ley y del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
Esta reforma irá acompañada de una evaluación de impacto, que incluirá aspectos de
sostenibilidad presupuestaria.
La reforma planteada tiene, por tanto, como primer eje de actuación la mejora de la
gestión del Padrón municipal de habitantes con el fin de permitir la actualización en
tiempo real de los datos que obran en los padrones municipales, lo que permitirá un
mejor acceso de los ciudadanos a los servicios públicos y sin duda alguna la
modernización digital de las entidades locales municipales.
Asimismo, la reforma pretende incorporar como criterio de atribución competencial el
principio de diferenciación, de acuerdo con la capacidad de gestión de las entidades
correspondientes. Igualmente se hace preciso en virtud del citado principio de
diferenciación, y de las previsiones del artículo 9.2 de nuestra Constitución, establecer
un régimen especial para la gestión colaborativa de los servicios en municipios
cve: BOE-A-2023-25758
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 303
Miércoles 20 de diciembre de 2023
Sec. I. Pág. 167814
constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. Asimismo, el modelo ha de ser flexible
y adaptable en función de las competencias, capacidades y conocimientos necesarios
para el acceso a los diferentes cuerpos, escalas, o categorías, y mixto, es decir, basado
tanto en los conocimientos como en la evaluación de competencias y habilidades. El
modelo se completa con su dimensión social, para garantizar la diversidad social y
territorial en el acceso al empleo público.
Los principios rectores que deben inspirar el modelo de selección tienen que pivotar
básicamente en cuatro ejes: la definición de la dimensión objetiva de la selección, en
cuanto a los perfiles y competencias profesionales; la agilidad y la eficiencia en los
procesos selectivos, buscando además la adecuación entre las pruebas y las funciones a
desarrollar; la remoción de obstáculos económicos y sociales en el acceso al empleo
público; y la profesionalización de los tribunales de selección.
A la vista de la crucial importancia de las actuaciones que deben llevarse a cabo en
cada uno de los ejes descritos y como cierre del modelo que se pretende dibujar con la
reforma planteada, se recoge la transformación del Instituto Nacional de Administración
Pública en una agencia estatal que lidere la política de selección y su ejecución de una
forma más ágil y eficiente, impulsando una estructura racional y simplificada.
En tercer lugar, se pone el acento en la evaluación del desempeño, introduciendo
una cultura de la responsabilidad en la gestión que debe servir para que el personal
empleado público desarrolle su cometido con un claro compromiso de servicio público y
ejerza de estímulo para que lo cumpla con eficacia y eficiencia.
Como complemento a esta cultura de responsabilidad y profesionalización de la
gestión, la carrera horizontal constituye uno de los aspectos más novedosos de este real
decreto-ley, diseñado como un modelo complementario a la estructura por niveles de los
puestos de trabajo, basado en la progresión en un itinerario de tramos sin necesidad de
que se produzca un cambio de puesto de trabajo.
Finalmente, otro elemento clave en la concepción de una Administración moderna
orientada a la planificación, evaluación y control de las políticas públicas, consiste en la
regulación de la figura del personal directivo público profesional, actor clave llamado a
impulsar y pilotar las actuaciones dirigidas a plasmar en la práctica las reformas aquí
planteadas. Las medidas incluidas en este real decreto-ley pretenden garantizar la
profesionalización y reforzar la idoneidad, capacidad y orientación a resultados de las
personas que asumen los puestos directivos.
IV
Asimismo, en el marco del mismo Componente 11 del Plan de Recuperación, se
incluyen una serie de objetivos, encaminados a acelerar y ampliar el despliegue de los
servicios públicos locales, también a través de medios digitales como las aplicaciones;
apoyar a las ciudades pequeñas en su prestación de servicios públicos; y actualizar y
mejorar el padrón municipal de habitantes gestionado por las entidades locales, a través
de la reforma de la ley y del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
Esta reforma irá acompañada de una evaluación de impacto, que incluirá aspectos de
sostenibilidad presupuestaria.
La reforma planteada tiene, por tanto, como primer eje de actuación la mejora de la
gestión del Padrón municipal de habitantes con el fin de permitir la actualización en
tiempo real de los datos que obran en los padrones municipales, lo que permitirá un
mejor acceso de los ciudadanos a los servicios públicos y sin duda alguna la
modernización digital de las entidades locales municipales.
Asimismo, la reforma pretende incorporar como criterio de atribución competencial el
principio de diferenciación, de acuerdo con la capacidad de gestión de las entidades
correspondientes. Igualmente se hace preciso en virtud del citado principio de
diferenciación, y de las previsiones del artículo 9.2 de nuestra Constitución, establecer
un régimen especial para la gestión colaborativa de los servicios en municipios
cve: BOE-A-2023-25758
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 303