I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Subvenciones. (BOE-A-2023-25767)
Real Decreto 1131/2023, de 19 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de diversas subvenciones para el fortalecimiento de las capacidades, infraestructuras y equipamiento de salas blancas de micro y nanofabricación, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303

Miércoles 20 de diciembre de 2023
Artículo 3.

Sec. I. Pág. 168133

Procedimiento de concesión.

1. Se autoriza la concesión directa de estas subvenciones en aplicación de lo
previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como en
relación con lo establecido en el artículo 28.2 y 3 de dicha ley y en el artículo 67 del
Reglamento de desarrollo de la Ley General de Subvenciones.
2. La concesión de estas subvenciones se realizará mediante orden de la persona
titular del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
3. La resolución del procedimiento será notificada a las entidades beneficiarias y
contendrá el siguiente contenido mínimo:
a) La indicación de la entidad beneficiaria, la actividad a realizar y el plazo de
ejecución.
b) La cuantía de la subvención y la aplicación presupuestaria del gasto.
c) El presupuesto de gastos a que hace referencia el artículo 5.
d) La forma del pago y los requisitos exigidos para su abono.
e) El plazo y el régimen de justificación.
El plazo máximo para emitir y notificar la citada resolución será de seis meses desde
el día siguiente al de la publicación del presente real decreto en el «Boletín Oficial del
Estado». El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a
los interesados a entender desestimada por silencio administrativo la concesión de la
subvención.
4. La concesión de las subvenciones serán objeto de publicación en la Base de
Datos Nacional de Subvenciones, en los términos dispuestos por el artículo 20 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el
que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las
subvenciones y demás ayudas públicas.
5. La resolución de concesión pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma
podrá interponerse recurso potestativo de reposición, conforme a lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas; o bien recurso contencioso-administrativo de
acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
Artículo 4. Entidades beneficiarias y actividades subvencionables.
1. Serán beneficiarias de las correspondientes subvenciones las siguientes
entidades, que habrán de destinarlas respectivamente a las actuaciones que se indican:

2. La fecha de inicio y la fecha de fin de las actuaciones será la que figure en la
orden de concesión. En cualquier caso, la fecha límite para la finalización de las
actuaciones será el 31 de agosto de 2026.
3. No serán subvencionables aquellas actuaciones que no respeten plenamente las
normas y prioridades de la Unión Europea en materia climática y medioambiental y el
principio de «no causar un perjuicio significativo» en el sentido del artículo 17 del
Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio
de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles
y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088. A fin de garantizar que la
medida se ajusta a lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de

cve: BOE-A-2023-25767
Verificable en https://www.boe.es

a) La Universidad Politécnica de Valencia, que habrá de destinarla a sufragar los
gastos relacionados con la mejora de la infraestructura y equipamiento de la
Infraestructura de Micro y Nano Fabricación del Centro de Tecnología Nanofotónica.
b) La Universidad Politécnica de Madrid, que habrá de destinarla a sufragar los
gastos relacionados con la mejora de la infraestructura y equipamiento de la Central de
Tecnología del Instituto de Sistemas Optoelectrónicos y Microtecnología.