I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Subvenciones. (BOE-A-2023-25767)
Real Decreto 1131/2023, de 19 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de diversas subvenciones para el fortalecimiento de las capacidades, infraestructuras y equipamiento de salas blancas de micro y nanofabricación, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303

Miércoles 20 de diciembre de 2023
Artículo 6.

Sec. I. Pág. 168136

Obligaciones de las entidades beneficiarias.

1. Las subvenciones otorgadas por este real decreto están sujetas al cumplimiento,
ejecución y realización de los objetivos y los hitos fijados en el Plan de Recuperación,
Trasformación y Resiliencia para la inversión I02 «Fortalecimiento de las capacidades,
infraestructuras y equipamientos de los agentes del SECTI», del componente 17 del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. Con carácter general, las entidades beneficiarias deberán cumplir las
obligaciones que se recogen en el artículo 14 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre y en particular, realizar las actividades subvencionables con el alcance que
se determine en la orden de concesión.
3. Asimismo, deberán dar cumplimiento a las siguientes obligaciones:
a. Realizar las actuaciones que fundamentan la concesión de la subvención, dentro
del período de ejecución establecido en la orden de concesión.
b. Acreditar ante el órgano competente la realización de la actividad objeto de
subvención mediante la presentación de una cuenta justificativa.
c. Someterse a las actuaciones de comprobación y supervisión que efectúe el
órgano competente y las de control financiero que corresponden a la Intervención
General de la Administración del Estado y a las previstas en la legislación del Tribunal de
Cuentas al que facilitarán cuanta información les sea requerida.
d. Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas,
ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquiera de las
Administraciones o entes públicos o privados, así como facilitar toda la información
requerida por el órgano gestor de las subvenciones.
e. Dar la adecuada publicidad del carácter público de la actividad subvencionada.
f. Aplicar la perspectiva de género en todas sus actuaciones, siguiendo las
recomendaciones contenidas en la Guía para las Administraciones Públicas para
incorporar la perspectiva de género en las actuaciones financiables en el marco del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicada por el Ministerio de Igualdad.
g. Conservar la documentación justificativa de la aplicación de los fondos
concedidos en tanto no prescriba el derecho de la Administración a practicar el reintegro.
4. Los beneficiarios deberán cumplir, además, con las obligaciones europeas y
nacionales aplicables al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. A tal efecto, deberán
atenerse a lo siguiente:

1.º NIF, nombre o razón social y domicilio fiscal del contratista o subcontratista.
2.º Aceptación de la cesión de datos entre las administraciones públicas implicadas
para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de
conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales.
3.º Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los
principios transversales establecidos en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión.

cve: BOE-A-2023-25767
Verificable en https://www.boe.es

a) Someterse a las actuaciones de control de las instituciones de la Unión, en virtud
del artículo 22.2.e) del Reglamento (UE) núm. 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 12 de febrero.
b) Recabar y asegurar el acceso a las categorías armonizadas de datos
contempladas en el artículo 22.2.d) del Reglamento (UE) núm. 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 12 de febrero, a efectos de auditoría y control y para disponer
de datos comparables sobre el uso de fondos en relación con las medidas destinadas a
la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia. En particular, quedan sujetos a la obligación de recabar la
siguiente información en relación con la identificación de los contratistas y
subcontratistas: