I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Subvenciones. (BOE-A-2023-25763)
Real Decreto 1127/2023, de 19 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Comunidad Autónoma de Canarias para financiar ayudas destinadas a personas físicas y entidades afectadas por la erupción volcánica en la isla de La Palma (Santa Cruz de Tenerife).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303

Miércoles 20 de diciembre de 2023

Sec. I. Pág. 168082

para el conjunto de actuaciones dentro del marco del Plan de recuperación de La Palma
que vienen desplegando las administraciones públicas estos años.
La movilización de la Comunidad Autónoma de Canarias en el proceso de
recuperación de La Palma ha demostrado ser eficaz y eficiente: ha desplegado, a lo
largo de estos años, todo tipo de convocatorias de líneas de ayuda, entre las que cabe
destacar las destinadas a mitigar los perjuicios económicos producidos a empresas y
personas autónomas, en materia de promoción del turismo y de apoyo a las pequeñas y
medianas empresas; o las destinadas a la atención de personas en situación de
vulnerabilidad, por pérdida o desalojo de su vivienda habitual.
Además de su labor propia como comunidad autónoma, es también de destacar el
proceso de colaboración del Estado con las autoridades canarias para el trabajo conjunto
y de apoyo en la identificación y predicción de posibles afecciones, incidiendo tanto en la
pronta identificación de daños, como en la anticipación de posibles problemáticas
socioeconómicas, de manera continua, y en ese sentido, se reconoce la necesidad de
que su actuación continúe hasta la completa recuperación de la isla.
La dimensión y magnitud de esta catástrofe natural y su impacto sobre la sociedad y
la economía insular, en especial la gravedad de los daños personales, materiales y
económicos derivados de aquella, unida a la excepcionalidad de la erupción volcánica en
tanto hace desaparecer el suelo, las explotaciones, las edificaciones y las
infraestructuras que existían, lo que la diferencia de los impactos y la capacidad de
recuperación en otras catástrofes, justifican la necesidad de establecer ayudas y
compensaciones a las personas afectadas por los efectos del volcán que les permitan
recuperar su actividad personal, familiar, profesional, social y económica, en condiciones
de calidad de vida equivalentes a las que tenían.
Existen pues razones de interés público y social de primer orden que justifican la
concesión de una subvención de forma directa, con arreglo a lo dispuesto en los
artículos 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
a la Comunidad Autónoma de Canarias, para que a su vez despliegue líneas de ayuda
destinadas a actuaciones de recuperación de la actividad económica y la vida de las
personas y empresas de la isla, afectadas por la erupción volcánica.
A estos efectos, se pone de manifiesto el cumplimiento de los principios de
necesidad y eficacia, dado el interés general en el que se fundamenta las extraordinarias
medidas que se establecen. La norma es acorde con el principio de proporcionalidad ya
que no afecta a los derechos y obligaciones de la ciudadanía, y las obligaciones que se
imponen a la entidad beneficiaria son correlativas a las ya previstas en la legislación
general en materia de subvenciones. Igualmente, se ajusta al principio de seguridad
jurídica, siendo coherente con el resto del ordenamiento jurídico. En cuanto al principio
de transparencia, la iniciativa define claramente los motivos de la norma y sus objetivos.
Por último, en relación con el principio de eficiencia, en este real decreto se ha procurado
que la norma genere las menores cargas administrativas posibles para la beneficiaria de
la subvención regulada.
En su virtud, a propuesta de la Vicepresidenta Cuarta del Gobierno y Ministra de
Hacienda y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su
reunión del día 19 de diciembre de 2023,

Artículo 1. Objeto.
1. Este real decreto tiene por objeto la regulación de la concesión directa de una
subvención a la Comunidad Autónoma de Canarias para financiar ayudas destinadas a
compensar los perjuicios económicos producidos a personas físicas y entidades como
consecuencia directa o indirecta de la erupción volcánica iniciada el 19 de septiembre
de 2021 en la isla de La Palma, en el marco de la recuperación de la isla de La Palma.

cve: BOE-A-2023-25763
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