I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Organización. (BOE-A-2023-25761)
Real Decreto 1125/2023, de 19 de diciembre, por el que se crea y regula la Casa de la Arquitectura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 20 de diciembre de 2023
Sec. I. Pág. 168070
c) El Área de Investigación.
d) El Área de Comunicación.
e) El Área de Administración.
3. El Comité de Programación es el órgano consultivo encargado de garantizar el
interés y relevancia de la programación del museo para el público general y
especializado, en respuesta a condiciones a nivel local, nacional y global. En materia de
iniciativas curatoriales que formen parte del programa de la Casa de la Arquitectura, el
Comité supervisa y asesora sobre las temáticas y propuestas presentadas por la
persona titular de la jefatura del Área de Programación de acuerdo con la memoria anual
de actividades aprobada por el Patronato y de acuerdo con las líneas de innovación
propuestas por la Dirección del museo.
La persona titular de la jefatura del Área de Programación ejerce las funciones de
secretaría del órgano colegiado, con voz, pero sin voto. La Presidencia del Comité recae
sobre la Dirección del museo y actúan como vocales las personas al frente de la
Subdirección General de la Casa de la Arquitectura y de las restantes jefaturas de área
de la institución, además de tres personas externas elegidas y renovadas cada tres años
por la Dirección del museo, entre profesionales independientes de reconocida
competencia en estas materias.
Este Comité se reúne semestralmente en sesiones ordinarias, sin perjuicio de
cuantas sesiones extraordinarias sean necesarias para la correcta actividad y
funcionamiento del museo, previa convocatoria de la persona titular de la jefatura del
Área de Programación, por iniciativa propia o a solicitud de la Dirección del museo.
El Comité de Programación elevará anualmente la propuesta de programación al
Patronato para su aprobación.
4. El Comité de Adquisiciones es el órgano consultivo encargado de garantizar que
las actividades de la Casa de la Arquitectura contribuyan al enriquecimiento del
patrimonio material e inmaterial de la institución. Supervisa y asesora sobre las
propuestas de mantenimiento y actualización de la colección del museo en respuesta a
los grandes retos colectivos y sobre la planificación y administración del presupuesto de
adquisición y de los fondos especiales de adquisición, en sintonía con la memoria anual
de actividades aprobada por el Patronato y de acuerdo con las líneas de innovación
propuestas por la Dirección del museo.
La persona titular de la jefatura del Área de Colecciones ejerce las funciones de
secretaría del órgano colegiado, con voz, pero sin voto. La Presidencia del Comité recae
sobre la Dirección del museo y actúan como vocales las personas titulares de la
Subdirección General de la Casa de la Arquitectura y de las restantes jefaturas de área
de la institución, además de tres personas externas elegidas y renovadas cada tres años
por la Dirección del museo, entre profesionales independientes de reconocida
competencia en estas materias.
Este Comité se reúne semestralmente en sesiones ordinarias, sin perjuicio de
cuantas sesiones extraordinarias sean necesarias para la correcta actividad y
funcionamiento del museo, previa convocatoria de la persona titular de la jefatura del
Área de Colecciones, por iniciativa propia o a solicitud de la Dirección del museo.
El Comité de Adquisiciones elevará anualmente la propuesta de adquisiciones al
Patronato para su aprobación.
Disposición adicional primera.
Constitución de la Casa de la Arquitectura.
La Casa de la Arquitectura queda constituida tras la entrada en vigor de este real
decreto.
cve: BOE-A-2023-25761
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 303
Miércoles 20 de diciembre de 2023
Sec. I. Pág. 168070
c) El Área de Investigación.
d) El Área de Comunicación.
e) El Área de Administración.
3. El Comité de Programación es el órgano consultivo encargado de garantizar el
interés y relevancia de la programación del museo para el público general y
especializado, en respuesta a condiciones a nivel local, nacional y global. En materia de
iniciativas curatoriales que formen parte del programa de la Casa de la Arquitectura, el
Comité supervisa y asesora sobre las temáticas y propuestas presentadas por la
persona titular de la jefatura del Área de Programación de acuerdo con la memoria anual
de actividades aprobada por el Patronato y de acuerdo con las líneas de innovación
propuestas por la Dirección del museo.
La persona titular de la jefatura del Área de Programación ejerce las funciones de
secretaría del órgano colegiado, con voz, pero sin voto. La Presidencia del Comité recae
sobre la Dirección del museo y actúan como vocales las personas al frente de la
Subdirección General de la Casa de la Arquitectura y de las restantes jefaturas de área
de la institución, además de tres personas externas elegidas y renovadas cada tres años
por la Dirección del museo, entre profesionales independientes de reconocida
competencia en estas materias.
Este Comité se reúne semestralmente en sesiones ordinarias, sin perjuicio de
cuantas sesiones extraordinarias sean necesarias para la correcta actividad y
funcionamiento del museo, previa convocatoria de la persona titular de la jefatura del
Área de Programación, por iniciativa propia o a solicitud de la Dirección del museo.
El Comité de Programación elevará anualmente la propuesta de programación al
Patronato para su aprobación.
4. El Comité de Adquisiciones es el órgano consultivo encargado de garantizar que
las actividades de la Casa de la Arquitectura contribuyan al enriquecimiento del
patrimonio material e inmaterial de la institución. Supervisa y asesora sobre las
propuestas de mantenimiento y actualización de la colección del museo en respuesta a
los grandes retos colectivos y sobre la planificación y administración del presupuesto de
adquisición y de los fondos especiales de adquisición, en sintonía con la memoria anual
de actividades aprobada por el Patronato y de acuerdo con las líneas de innovación
propuestas por la Dirección del museo.
La persona titular de la jefatura del Área de Colecciones ejerce las funciones de
secretaría del órgano colegiado, con voz, pero sin voto. La Presidencia del Comité recae
sobre la Dirección del museo y actúan como vocales las personas titulares de la
Subdirección General de la Casa de la Arquitectura y de las restantes jefaturas de área
de la institución, además de tres personas externas elegidas y renovadas cada tres años
por la Dirección del museo, entre profesionales independientes de reconocida
competencia en estas materias.
Este Comité se reúne semestralmente en sesiones ordinarias, sin perjuicio de
cuantas sesiones extraordinarias sean necesarias para la correcta actividad y
funcionamiento del museo, previa convocatoria de la persona titular de la jefatura del
Área de Colecciones, por iniciativa propia o a solicitud de la Dirección del museo.
El Comité de Adquisiciones elevará anualmente la propuesta de adquisiciones al
Patronato para su aprobación.
Disposición adicional primera.
Constitución de la Casa de la Arquitectura.
La Casa de la Arquitectura queda constituida tras la entrada en vigor de este real
decreto.
cve: BOE-A-2023-25761
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 303