I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Organización. (BOE-A-2023-25761)
Real Decreto 1125/2023, de 19 de diciembre, por el que se crea y regula la Casa de la Arquitectura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303
Miércoles 20 de diciembre de 2023
Sec. I. Pág. 168071
Disposición adicional segunda. Regulación de otros aspectos relativos al régimen del
museo y relación de puestos de trabajo.
La regulación de los restantes aspectos propios del museo de titularidad estatal no
regulados en esta norma y no sujetos a reserva de real decreto se realizará mediante
orden ministerial.
La relación de puestos de trabajo definirá el número de puestos necesarios para el
desempeño de las funciones atribuidas por este real decreto a la Casa de la
Arquitectura, así como sus características retributivas y de desempeño.
Disposición adicional tercera.
Urbanismo.
Supresión del Museo Nacional de Arquitectura y
1. Queda suprimido el Museo Nacional de Arquitectura y Urbanismo, creado por
Real Decreto 1636/2006, de 29 de diciembre.
2. A partir de la entrada en vigor del presente real decreto, la Casa de la
Arquitectura quedará subrogada, en su caso, en la totalidad de bienes, derechos y
obligaciones del museo suprimido y le sucederá a éste en todas sus competencias y
funciones.
Las menciones que la normativa vigente haga al museo se entenderán hechas a la
Casa de la Arquitectura.
Disposición derogatoria única.
Derogación normativa.
Quedan derogados el Real Decreto 1636/2006, de 29 de diciembre, por el que se
crea el Museo Nacional de Arquitectura y Urbanismo, la Orden Ministerial
VIV/3210/2007, de 18 de octubre, relativa a la adscripción del Museo Nacional de
Arquitectura y Urbanismo en el Ministerio de Vivienda y, en general, cuantas órdenes
ministeriales se han dictado a fin de establecer el régimen jurídico de dicho museo y
cuantas otras disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el
presente real decreto.
Disposición final primera.
Título competencial.
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.28.ª de la
Constitución Española, que atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de
museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal, sin perjuicio de su gestión por parte
de las comunidades autónomas.
De lo establecido en esta disposición queda excluida la disposición final segunda,
que se amparará en los títulos competenciales invocados en la norma que modifica.
Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 1305/2009, de 31 de julio, por
el que se crea la Red de Museos de España.
«Museo adscrito al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana
La Casa de la Arquitectura.»
cve: BOE-A-2023-25761
Verificable en https://www.boe.es
Se modifica el apartado «Museo adscrito al Ministerio de Vivienda» del anexo I del
Real Decreto 1305/2009, de 31 de julio, por el que se crea la Red de Museos de España,
que queda redactado de la siguiente manera:
Núm. 303
Miércoles 20 de diciembre de 2023
Sec. I. Pág. 168071
Disposición adicional segunda. Regulación de otros aspectos relativos al régimen del
museo y relación de puestos de trabajo.
La regulación de los restantes aspectos propios del museo de titularidad estatal no
regulados en esta norma y no sujetos a reserva de real decreto se realizará mediante
orden ministerial.
La relación de puestos de trabajo definirá el número de puestos necesarios para el
desempeño de las funciones atribuidas por este real decreto a la Casa de la
Arquitectura, así como sus características retributivas y de desempeño.
Disposición adicional tercera.
Urbanismo.
Supresión del Museo Nacional de Arquitectura y
1. Queda suprimido el Museo Nacional de Arquitectura y Urbanismo, creado por
Real Decreto 1636/2006, de 29 de diciembre.
2. A partir de la entrada en vigor del presente real decreto, la Casa de la
Arquitectura quedará subrogada, en su caso, en la totalidad de bienes, derechos y
obligaciones del museo suprimido y le sucederá a éste en todas sus competencias y
funciones.
Las menciones que la normativa vigente haga al museo se entenderán hechas a la
Casa de la Arquitectura.
Disposición derogatoria única.
Derogación normativa.
Quedan derogados el Real Decreto 1636/2006, de 29 de diciembre, por el que se
crea el Museo Nacional de Arquitectura y Urbanismo, la Orden Ministerial
VIV/3210/2007, de 18 de octubre, relativa a la adscripción del Museo Nacional de
Arquitectura y Urbanismo en el Ministerio de Vivienda y, en general, cuantas órdenes
ministeriales se han dictado a fin de establecer el régimen jurídico de dicho museo y
cuantas otras disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el
presente real decreto.
Disposición final primera.
Título competencial.
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.28.ª de la
Constitución Española, que atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de
museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal, sin perjuicio de su gestión por parte
de las comunidades autónomas.
De lo establecido en esta disposición queda excluida la disposición final segunda,
que se amparará en los títulos competenciales invocados en la norma que modifica.
Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 1305/2009, de 31 de julio, por
el que se crea la Red de Museos de España.
«Museo adscrito al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana
La Casa de la Arquitectura.»
cve: BOE-A-2023-25761
Verificable en https://www.boe.es
Se modifica el apartado «Museo adscrito al Ministerio de Vivienda» del anexo I del
Real Decreto 1305/2009, de 31 de julio, por el que se crea la Red de Museos de España,
que queda redactado de la siguiente manera: