III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-25732)
Resolución de 4 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Medidas para la protección y recuperación del tramo de costa comprendido entre el puerto de Benicarló y Vinarós (Castellón)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Martes 19 de diciembre de 2023

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de excesiva compactación, se efectuarán operaciones de ripado o arado, de tal manera
que se evite la formación de una coraza superficial.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO
recomienda el uso de arenas frente a los impactos que pueda originarse por el uso de
gravas. Este aspecto queda recogido en el condicionado de la presente resolución.
La Subdirección General de Protección del Mar del MITECO indica que el material de
aportación (gravas de la Rambla Cervera), debe cumplir los umbrales y criterios de
calidad de la «Instrucción Técnica para la gestión ambiental de las extracciones marinas
para la obtención de arenas», a lo que el promotor responde que se tendrá en
consideración.
b.2

Calidad del aire y cambio climático.

– Se priorizará la selección de itinerarios asfaltados para el transporte de las arenas
o en su defecto riego o humectación de las zonas de obra para reducir la creación de
polvo y afección a la vegetación y cultivos aledaños.
– Sera obligatorio el empleo de toldos en los camiones que transporten la arena a
verter desde el lugar de extracción (cantera legalizada en el municipio de Onda).
– Se garantizará la minimización de la puesta en suspensión de partículas en el
medio marino y la revisión periódica de los vehículos de obra y mantenimiento de los
mismos para evitar emisiones de contaminantes y para adecuarlas a la legislación
vigente.
– Se establecerá el horario de realización de las obras que sea necesario llevar a
cabo durante el periodo nocturno, por motivos de seguridad, generación de otros
impactos, o causa de fuerza.
– Realización de riegos periódicos en todas aquellas zonas donde sea previsibles
estas afecciones (como superficies desnudas, o acopios de inertes, tierra vegetal, etc…),
que se intensificarán en el entorno de núcleos habitados y durante los periodos más
secos y la realización de las operaciones de mantenimiento de la maquinaria para que
las emisiones de la misma no superen los criterios establecidos.
– Se evitarán trabajos nocturnos (entre las 23 y las 7 h), en especial en la demolición
del vial, en cumplimiento de las ordenanzas municipales.

cve: BOE-A-2023-25732
Verificable en https://www.boe.es

El promotor incluye estudios relativos al cambio climático, indicando que las zonas
costeras son especialmente vulnerables a los efectos del cambio climático, utilizando en
el EsIA proyecciones regionalizadas para España de la AEMET y las proyecciones en el
informe C3E del MITECO donde se revisa el análisis del clima, las clasificaciones de los
niveles de riesgo en relación con inundaciones desde las ramblas y las zonas inundables
de origen marino. Los espigones proyectados tienen una altura sobre el nivel del mar
de 3,25 m por lo que se concluye que la consideración en el modelo de propagación de
la elevación del nivel del mar asociada al cambio climático, no implicara variaciones
importantes en el oleaje de cálculo, por lo que se considera satisfactoria la solución
proyectada.
El EsIA indica que los impactos sobre la atmósfera, debidos a la emisión de gases de
combustión de motores, así como el ruido generado tanto por la circulación de la
maquinaria como por los trabajos de obra son compatibles, suponiendo un impacto
puntual, localizado y que no produce importantes daños sobre el medio.
Las actividades de transporte de la arena desde la cantera hasta el lugar de vertido y
la demolición del vial pueden generar fenómenos de contaminación ambiental por
emisión de polvo. Si bien, el deterioro de la calidad del aire será discontinuo, irregular y
limitado, variando según las épocas de lluvia y régimen de vientos. Durante la fase de
funcionamiento los efectos sobre la atmósfera desaparecen.
El promotor establece una serie medidas preventivas y correctoras, entre las que se
destacan las siguientes: