II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Funcionarios del Subgrupo A2. (BOE-A-2023-25559)
Acuerdo de 13 de diciembre de 2023, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo en la Gerencia del Consejo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 18 de diciembre de 2023

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8.3 Los méritos a que se refieren los apartados I.1.2 y II.1 de la norma segunda se
acreditarán mediante la documentación justificativa de los extremos correspondientes,
que deberá ser certificada, cuando menos, por subdirectores generales, directores
provinciales o cargos asimilados, debiendo constar su visado cuando tuviera inferior
categoría quien expide el documento.
En el caso del personal de la Administración de Justicia únicamente tendrán validez
las certificaciones que vengan firmadas por letrados de la Administración de Justicia de
los órganos donde hayan prestado servicio los concursantes. Excepcionalmente, se
admitirán certificaciones firmadas por jueces o magistrados siempre y cuando sean de
fecha anterior a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de
modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
8.4 Los funcionarios con alguna discapacidad podrán instar en la propia solicitud la
adaptación del puesto de trabajo que no suponga una modificación exorbitante en el
contexto de la organización. La comisión de valoración podrá recabar de los interesados,
la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada. Igualmente
podrá recabar el dictamen del órgano competente, respecto a la procedencia de la
adaptación de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones del puesto
en concreto. De todo ello se dará cuenta a la Presidencia del Foro Justicia y
Discapacidad.
8.5 En cualquier momento del proceso podrá recabarse formalmente de los
interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estimen
necesarias para la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados, así como
aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada inclusión o valoración.
Cuarta. Comisión de Valoración y desarrollo del concurso.
1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la documentación recibida se
trasladará a la Comisión de Valoración que calificará los méritos de los aspirantes.
2. La Comisión de Valoración estará compuesta por:
Presidente: Marco Antonio Romero Rivera, Jefe de sección de la Secretaría General.
Vocales:
– Jesús Barrio Plaza, Jefe de unidad de la Gerencia.
– Mercedes Peinador Valdenebro, Jefa de unidad del Servicio de Personal y Oficina
Judicial.
– Un funcionario al servicio del Consejo que desempeñe puesto de trabajo de igual o
superior nivel al del puesto convocado, que será designado por el Secretario General a
propuesta de la Junta de Personal, publicándose dicha designación en el apartado
«Empleo Público» de la página web www.poderjudicial.es del Consejo.
Vocal-Secretario: José Manuel Barrero Maján, Jefe de Asuntos Generales y
Contratación de la Gerencia.
Actuarán, en su caso, como suplentes:
Presidente: Luis Javier Mieres Mieres, Jefe de sección de la Secretaría General.
Vocales:
– Rosario Prieto Nieto, Jefa de la Unidad de Gestión Presupuestaria y Contabilidad
de la Gerencia.
– Sagrario Esteban Navarro, adjunta a la Unidad de Gestión Presupuestaria y
Contabilidad de la Gerencia.
– Un funcionario al servicio del Consejo que desempeñe puesto de trabajo de igual o
superior nivel al del puesto convocado, que será designado por el secretario general a
propuesta de la Junta de Personal, publicándose dicha designación en el apartado
«Empleo Público» de la página web www.poderjudicial.es del Consejo.

cve: BOE-A-2023-25559
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Núm. 301