III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Actividad investigadora. Evaluación. (BOE-A-2023-25537)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios para la evaluación de la actividad investigadora.
24 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300

Sábado 16 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 166289

Solo en casos de excepcional relevancia e impacto, debidamente justificados, podrán
valorarse reseñas, artículos de opinión, notas, cartas al/a la editor/a y similares.
2.

Valoración de las aportaciones:

En el caso de los artículos se valorarán preferentemente aquellas aportaciones
publicadas en revistas de calidad contrastada o indexadas en bases de datos
bibliográficas de reconocido prestigio o en aquellas que hayan recibido un sello o
reconocimiento de calidad por un organismo independiente, así como en plataformas de
publicación de resultados de investigación como Open Research Europe.
En el caso de los libros, las ediciones críticas con estudios introductorios y aparato
crítico, las ediciones filológicas con aparato crítico y anotación y capítulos de libros se
valorará el prestigio de la editorial, de editoras/es, la colección en la que se publica la
obra, si la colección o el libro ha obtenido algún sello de calidad otorgado por una
institución de reconocido prestigio y las reseñas recibidas en las revistas científicas
especializadas.
En el caso del comisariado de exposiciones en cuyos catálogos se aporten
novedades relevantes de investigación con repercusión en los medios especializados
nacionales e internacionales, ajustándose, en su caso, a lo establecido para estas
actividades en el Campo 10.
3.

Mínimos orientativos para la valoración positiva:

Con carácter orientativo, se podrá alcanzar una evaluación positiva en las áreas de
Filosofía, Filología y Lingüística presentando preferentemente, dentro del grupo de las
cinco aportaciones, como mínimo una aportación con alta relevancia e impacto que sea
un libro monográfico de investigación, o bien dos aportaciones que sean artículos de alta
relevancia e impacto publicados en revistas o plataformas como las citadas, o bien un
artículo o una edición con un aparato crítico solvente y un capítulo de libro con las
mismas características.
Madrid, 5 de diciembre de 2023.–La Presidenta de la Comisión Nacional Evaluadora
de la Actividad Investigadora, Pilar Paneque Salgado.
APÉNDICE
Dimensiones, métricas y fuentes de la bibliometría narrativa

Este apéndice tiene como objetivo proporcionar un inventario, no exhaustivo, de las
posibles métricas y fuentes aplicables en la configuración de indicadores de impacto
científico, impacto social y ciencia abierta, y en la articulación de narrativas para la
valoración de aportaciones científicas presentadas a la convocatoria de sexenios de
investigación, así como explicitar los criterios mínimos que debe reunir un medio de
difusión de la investigación para que las publicaciones que en él se incluyan puedan ser
consideradas.
La bibliometría narrativa cumple una función instrumental en la redacción,
presentación, justificación y contextualización rigurosa de evidencias e indicios
relacionados con la visibilidad, diseminación e influencia de los resultados de la
investigación científica desarrollada en el período objeto de evaluación. En coherencia con
los principios fundamentales de CoARA, se recomienda evitar los meros conteos, por lo
que la información suministrada deberá ser contextualizada, multidimensional y sujeta a
verificación objetiva. Asimismo, se desaconseja el uso de indicadores bibliométricos
compuestos que no sigan los estándares internacionales sobre métricas responsables.
ANECA realizará una formación específica a los miembros de los comités asesores
para garantizar la transición entre modelos de evaluación, la calidad del proceso y la

cve: BOE-A-2023-25537
Verificable en https://www.boe.es

Criterios mínimos de los medios de difusión de publicaciones