III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2023-25485)
Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Sociedad Española de Cirugía Plástica, Reparadora y Estética, por el que se canaliza la subvención nominativa establecida en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 para la captación y tratamiento de los datos del Registro Nacional de Prótesis Mamarias y colaboración científico-técnica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Viernes 15 de diciembre de 2023

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convenio. Cualquier otro uso de dichos datos por la SECPRE sólo podrá llevarse a cabo
previa autorización expresa del titular del Registro de la AEMPS.
En cumplimiento con lo dispuesto en Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personas y a la libre circulación de
estos datos (Reglamento general de protección de datos), el tratamiento de datos de
carácter personal por cuenta de tercero requiere la celebración de un contrato privado
con los requisitos legales correspondientes. A los efectos anteriores se suscribirá junto
con el presente convenio un contrato entre las partes que figura como anexo 1 del
presente convenio.
Los compromisos de la SECPRE se entenderán extendidos a los especialistas que
designe o ponga a disposición para tales actividades.
Quinta.

Compromisos de la AEMPS.

1. La AEMPS ha puesto a disposición de la SECPRE la aplicación para el Registro
Nacional de Prótesis Mamarias y le facilitará las actualizaciones desarrolladas por la
AEMPS.
2. La AEMPS atenderá las consultas realizadas por la SECPRE sobre cualquier
materia que interese a sus profesionales en el ámbito de las competencias de la AEMPS.
3. La publicación y/o difusión por la AEMPS de documentos, protocolos, guías,
folletos u otra información que se hayan derivado de las actividades del presente
convenio hará mención de dicho marco de colaboración AEMPS-SECPRE. Durante el
año 2023 concretamente se publicará una Infografía sobre Información a la paciente en
mamoplastia de aumento y reconstrucción mamaria realizada por la SECPRE y la guía
de Notificación de incidentes por profesionales sanitarios revisada por la SECPRE.
4. Se llevará a cabo al menos una reunión anual con la SECPRE para monitorizar
el desarrollo de las actividades recogidas en este convenio. (Revisar estado de gestión
del registro y participación de los profesionales sanitarios, análisis anual de los datos…).
Sexta.

Logotipo institucional.

La SECPRE incorporará el logotipo institucional del «Ministerio de Sanidad-Agencia
Española de Medicamentos y Productos Sanitarios» en cualquier actividad que implique
difusión, ya sea impresa o por cualquier otro medio, con el fin de identificar el carácter
público de la subvención de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional
segunda del Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen
criterios de imagen institucional y se regula la producción documental y el material
impreso de la Administración General del Estado.
Séptima.

Dotación económica.

Octava. Justificación de la subvención recibida.
La documentación justificativa de la subvención deberá ser presentada en las
oficinas de la AEMPS antes del transcurso de los tres meses inmediatamente siguientes

cve: BOE-A-2023-25485
Verificable en https://www.boe.es

La aportación que efectuará por su parte la AEMPS para la SECPRE, no podrá
superar la cantidad total máxima de noventa y dos mil euros (92.000 euros).
Esta cantidad, que la ejecución del presente convenio exige, es la asignada
nominativamente en la aplicación presupuestaria número 26.301.313A.485, y, en
consecuencia se abonará con cargo a ésta.