II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-25474)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de plazas de personal laboral de los Grupos I, II y III.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 15 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 165897

– Las víctimas de violencia de género, según la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de
diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Genero y
Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de Medidas de Prevención y Protección Integral
contra la Violencia de Género, que deberán aportar la resolución judicial otorgando la
orden de protección a favor de la víctima, sentencia condenatoria, medida cautelar a
favor de la víctima, o cualquier otra en la que el órgano judicial estime la existencia de
cualquiera de los delitos o faltas que constituyen el objeto de la citada Ley Orgánica.
Excepcionalmente, podrá acreditarse esta situación con el informe del Ministerio
Fiscal que indique la existencia de indicios de que la persona solicitante es víctima de la
violencia de género hasta tanto no se dicte la orden de protección o resolución judicial
equivalente.
– Las familias numerosas: el 100 % de exención a las de categoría especial y
al 50 % a las de categoría general. Adjuntarán título vigente acreditativo de tal condición,
expedido por la Comunidad Autónoma correspondiente.
– Las personas desempleadas que figuren como demandantes de empleo durante el
plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria en el
«Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», que lo acreditarán con el correspondiente
certificado emitido por el Servicio Empleo correspondiente.
Procederá la devolución de los derechos de examen, previa solicitud de la persona
interesada, cuando se constate abono de mayor cuantía a la exigida en la presente base.
En este caso, se abonará la diferencia que corresponda. Asimismo, se procederá, de
oficio, a la devolución de los derechos de examen a aquellas personas que los hubieran
abonado en la fase de turno libre, en el caso de que la/s plaza/s sea/n cubierta/s en la
fase de promoción interna.
3.4 El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a
partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía».
En el plazo indicado se acompañarán a la solicitud los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Los nacionales de otros
Estados deberán presentar fotocopia del Pasaporte y/o del Número de Identidad
Extranjero en los que se acredite su nacionalidad, así como otra documentación que
resulte de aplicación.
b) Fotocopia del título académico exigido para el ingreso u otro documento oficial
acreditativo de su posesión. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
presentarse fotocopia de la documentación exigida en la base 2.1., letra c).
En el caso de acceso mediante experiencia laboral se estará a lo dispuesto en el
artículo 15.3 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades
Públicas de Andalucía.
c) Justificante acreditativo del abono de la tasa por derechos de examen, o
certificación oficial acreditativa, en vigor, de la situación de exención de las tasas.
d) Copia de la documentación acreditativa de los méritos que se quieran hacer
valer en la fase de concurso.
Aquellas personas aspirantes que presten o hayan prestado servicios como personal
de la Universidad de Huelva sólo tendrán que alegar los méritos, no siendo necesario
adjuntar la documentación justificativa, excepto que la misma no conste en el expediente
la Unidad de Gestión de PAS. No se admitirá la presentación de méritos una vez
finalizado el plazo máximo de presentación de solicitudes.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a petición de la persona interesada.
3.6 La no presentación de la solicitud de participación en tiempo y forma supondrá
la exclusión de la persona aspirante.

cve: BOE-A-2023-25474
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Núm. 299