III. Otras disposiciones. PRESIDENCIA DEL GOBIERNO. Convenios. (BOE-A-2023-25475)
Resolución de 11 de diciembre de 2023, de la Oficina de Coordinación para la Presidencia Española de la Unión Europea, por la que se publica el Convenio con el Instituto Nacional de Artes Escénicas y de la Música, para la organización conjunta del concierto de clausura de la Presidencia española del Consejo de la Unión Europea.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Viernes 15 de diciembre de 2023
B)

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Por otro lado, los costes en los que ya incurre el INAEM:

– Contratación de personal artístico interviniente en el concierto (director musical,
solista vocal, refuerzos de plantilla y presentador), con cargo a la aplicación
presupuestaria 24.107.335A.280.10, por un importe máximo de cuarenta mil euros
(40.000,00 €).
Se trata de costes en los que incurre el INAEM por contratación realizada a través de
la Subdirección General de Personal del organismo autónomo, previa existencia de
crédito adecuado y suficiente.
– Impresión del programa de mano del concierto, con cargo a la aplicación
presupuestaria 24.107.335A.280.17, por un importe máximo de tres mil euros (3.000,00 €).
– Montaje
y
desmontaje
de
escenario,
con
cargo
a
la
aplicación
presupuestaria 24.107.335A.280.32, por un importe máximo de dos mil euros (2.000,00 €).
En el caso de ambos compromisos previos, se trata de gastos ya fiscalizados por ser
objeto de contratos centralizados, y suponen un impacto económico que se estima en un
máximo de cinco mil euros (5.000,00 €).
– Y diseño y maquetación de programa de mano y acciones publicitarias; guion de
presentación, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.107.335A.280.18, por un
importe máximo de tres mil euros (3.000,00 €).
Este último compromiso se trata de un gasto ya fiscalizado al estar asociado a un
contrato ya suscrito por el INAEM, y no asociado a contratación centralizada.
Por tanto, la financiación total a aportar por el INAEM para el desarrollo de las
actividades objeto del convenio asciende a un máximo de sesenta y dos mil euros
(62.000,00 €), con cargo al ejercicio 2023.
El importe de las distintas partidas estimadas para calcular el presupuesto total podrá
variar al alza o a la baja, en función de las necesidades técnicas del concierto y otros
condicionantes como el alza de los precios de los suministros o servicios necesarios, con
el límite máximo del presupuesto total definido para la citada actividad en sus respectivas
aplicaciones presupuestarias.
Los compromisos de financiación obligan a cada parte a asumir los gastos derivados
de su propia actividad, hasta el límite máximo de gasto que en esta cláusula se
establece. En caso de que la ejecución de las obligaciones contenidas en el presente
convenio resultara en un coste menor al estimado, las aportaciones de cada una de las
partes se reducirán proporcionalmente en función de la financiación total prevista en el
anexo I (59,64 % para el INAEM y 40,36 % para la OCPUE).
En todo caso, y en virtud del artículo 48.6 de la LRJSP, las aportaciones financieras
que se comprometan a realizar los firmantes del presente convenio no podrán ser
superiores a los gastos derivados de la ejecución del mismo, estipulados en el anexo I al
presente convenio.
Difusión de la colaboración y participación en el resultado.

Las partes se reconocen entre sí como entidades colaboradoras en la citada
actividad, reflejándose del tal modo en los créditos artísticos y representación, así como
en la participación en el resultado obtenido.
De este modo, se comprometen a incluir y difundir la colaboración en todo el material
divulgativo y publicitario que editen, en cualquier soporte, con motivo de la colaboración
prevista en la cláusula primera de este convenio.
A efectos de la presente cláusula, las partes se proporcionarán mutuamente los
modelos de marcas o logotipos que deban ser difundidos, y se ajustarán en todo caso,
cualquiera que sea el material en el que se inserten, a los diseños facilitados que no
podrán modificar ni alterar de ninguna manera sin el consentimiento previo de la otra
parte.

cve: BOE-A-2023-25475
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.