III. Otras disposiciones. PRESIDENCIA DEL GOBIERNO. Convenios. (BOE-A-2023-25475)
Resolución de 11 de diciembre de 2023, de la Oficina de Coordinación para la Presidencia Española de la Unión Europea, por la que se publica el Convenio con el Instituto Nacional de Artes Escénicas y de la Música, para la organización conjunta del concierto de clausura de la Presidencia española del Consejo de la Unión Europea.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Viernes 15 de diciembre de 2023
Segunda.

Sec. III. Pág. 165925

Naturaleza y régimen jurídico.

El convenio tiene naturaleza administrativa y queda sometido al régimen jurídico de
convenios previsto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), y demás normativa que resulte
de aplicación.
Tercera. Obligaciones y compromisos económicos asumidos por las partes.
Las partes, con competencias equivalentes, en representación de la confluencia de
intereses de ambas en la realización del objeto de este convenio se comprometen a
realizar las actividades necesarias para su desarrollo.
La OCPUE se compromete a:
– Cofinanciar, por un importe máximo de cuarenta y un mil novecientos cincuenta
euros (41.950,00 €), la celebración del concierto de clausura.
– Coordinar, a través del Área Cultural de la OCPUE, las labores de organización del
concierto de clausura.
– Llevar a cabo labores de difusión de acuerdo a la cláusula quinta.
Por su parte, el INAEM se compromete a:
– Cofinanciar, por un importe máximo de sesenta y dos mil euros (62.000,00 €), la
actividad objeto del convenio.
– Gestionar la producción ejecutiva del concierto, en coordinación con la OCPUE.
– Ejecutar el resto de actuaciones que resultaren necesarias para llevar a cabo la
actividad.
Financiación.

La actividad mencionada anteriormente será financiada conjuntamente por ambas
partes, sin que en ningún caso pueda resultar lucrativa para alguna de ellas.
La estimación económica de la participación de la OCPUE se cuantifica en un
máximo de cuarenta y un mil novecientos cincuenta euros (41.950,00 €), con cargo al
ejercicio 2024, previa presentación de una memoria económica en la que se detallen las
actuaciones realizadas y el coste de las mismas, así como de los certificados de
actividad y las correspondientes facturas o documentos acreditativos de análoga
naturaleza.
El abono de la aportación se realizará en la cuenta bancaria designada al efecto por
el INAEM, antes de un periodo de tres meses desde la presentación de la memoria
económica en la que se recoja la justificación del gasto incurrido en el desarrollo de esta
actividad.
La justificación de la transferencia bancaria que haya de realizar la OCPUE se
acreditará mediante recibo u otro documento justificativo de dicha transferencia.
La financiación comprometida por la OCPUE se realizará con cargo a la aplicación
presupuestaria 25.01.912M.278 «Gastos corrientes en bienes y servicios. Presidencia
española del Consejo de la Unión Europea» del presupuesto de gastos de Presidencia
del Gobierno, correspondiente al ejercicio 2024.
Para el cumplimiento de sus obligaciones, el INAEM adquiere los siguientes
compromisos con los costes que se detallan a continuación:
A)

Por un lado, los costes que requieren una contratación nueva y específica:

– Encargo de composición, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.107.335A.280.12,
por un importe máximo de ocho mil euros (8.000,00 €).
– Alquiler de partituras, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.107.335A.280.14,
por un importe máximo de seis mil euros (6.000,00 €).

cve: BOE-A-2023-25475
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.