V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2023-37510)
Resolución de la Dirección General de Energía por la que se concede a Sistemas Energéticos Finca San Juan, S.L. Autorización Administrativa y Declaración, en concreto, de Utilidad Pública de la instalación Parque Eólico Finca San Juan, de 17,32 MW, en el término municipal de Arico. Expediente ER180014.
29 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 14 de diciembre de 2023
Sec. V-B. Pág. 60897
explotación de los Parques Eólicos en Canarias, aprobado por Decreto 6/2015.
6.2.- Afección con Parque Eólico Finca San Juan, del que es titular Estudio
Leyvi S.L. Expediente ER190012.
En cuanto a la afección con Parque Eólico Finca San Juan de Estudio Leyvi
S.L., se constata que la solicitud de autorización administrativa del expediente
objeto de la presente resolución es anterior a la de Estudio Leyvi S.L.
En diversos escritos Estudio Leyvi S.L manifiesta que le corresponde la
prelación por disponer de disponibilidad del 100 % de los terrenos, frente al 80%
que acredita el proyecto cuyo titular actual es Sistemas Energéticos Finca San
Juan, S.L. Por tanto, según manifiesta Estudio Leyvi S.L., tendría prelación al
entender que su solicitud está completa y no así la de Sistemas Energéticos Finca
San Juan, S.L.
Obra en el expediente informe de fecha 23/11/2021 de la Jefa de Área de
Régimen Jurídico y Económico en el que se concluye que Estudio Leyvi, S.L.
tendría una disponibilidad de terrenos del 52% sobre la totalidad del PE Finca San
Juan, por lo que la prelación corresponde al PE Finca San Juan de Sistemas
Energéticos Finca San Juan, S.L. y no al de Estudio Leyvi S.L., al ser anterior la
solicitud de aquel.
Posteriormente se recibe comunicación de la caducidad del permiso de acceso
del PE Finca San Juan de Estudio Leyvi, S.L., por parte del gestor de la red de
transporte Red Eléctrica de España, S.A., siendo el motivo no haber cursado
nunca solicitud del permiso de conexión. Al notificarse esta circunstancia por parte
del gestor de la red de transporte, desapareció la circunstancia de concurrencia de
solicitudes con afección eólica, pues es requisito necesario para solicitar una
autorización administrativa de un parque eólico disponer de los correspondientes
permisos de acceso y conexión. Dicha caducidad fue objeto de conflicto de acceso
planteado por Estudio Leyvi, S.L, confirmándose mediante resolución de la CNMC
de fecha 23/02/2023.
De todo lo cual se informa a los efectos oportunos,
EL JEFE DE SECCIÓN COMBUSTIBLES Y ENERGÍAS RENOVABLES
Francisco Javier Guerra Jorge
Por todo lo anteriormente expuesto se eleva la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
1º Conceder a Sistemas Energéticos Finca San Juan, S.L., la Autorización
Administrativa de la Instalación de Producción de Energía Eléctrica Parque Eólico
Finca San Juan, en el término municipal de Arico, cuyas características se indican
en el apartado PRIMERO de la presente Resolución.
Esta autorización administrativa se otorga conforme a lo dispuesto en el
Decreto 6/2015, de 30 de enero, por el que se aprueba el Reglamento que regula
la instalación y explotación de los parques eólicos en Canarias, y bajo las
condiciones siguientes:
Primera.- La instalación a que se refiere la presente autorización administrativa
se entiende sin perjuicio de las autorizaciones y concesiones por parte de otros
cve: BOE-B-2023-37510
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 298
Jueves 14 de diciembre de 2023
Sec. V-B. Pág. 60897
explotación de los Parques Eólicos en Canarias, aprobado por Decreto 6/2015.
6.2.- Afección con Parque Eólico Finca San Juan, del que es titular Estudio
Leyvi S.L. Expediente ER190012.
En cuanto a la afección con Parque Eólico Finca San Juan de Estudio Leyvi
S.L., se constata que la solicitud de autorización administrativa del expediente
objeto de la presente resolución es anterior a la de Estudio Leyvi S.L.
En diversos escritos Estudio Leyvi S.L manifiesta que le corresponde la
prelación por disponer de disponibilidad del 100 % de los terrenos, frente al 80%
que acredita el proyecto cuyo titular actual es Sistemas Energéticos Finca San
Juan, S.L. Por tanto, según manifiesta Estudio Leyvi S.L., tendría prelación al
entender que su solicitud está completa y no así la de Sistemas Energéticos Finca
San Juan, S.L.
Obra en el expediente informe de fecha 23/11/2021 de la Jefa de Área de
Régimen Jurídico y Económico en el que se concluye que Estudio Leyvi, S.L.
tendría una disponibilidad de terrenos del 52% sobre la totalidad del PE Finca San
Juan, por lo que la prelación corresponde al PE Finca San Juan de Sistemas
Energéticos Finca San Juan, S.L. y no al de Estudio Leyvi S.L., al ser anterior la
solicitud de aquel.
Posteriormente se recibe comunicación de la caducidad del permiso de acceso
del PE Finca San Juan de Estudio Leyvi, S.L., por parte del gestor de la red de
transporte Red Eléctrica de España, S.A., siendo el motivo no haber cursado
nunca solicitud del permiso de conexión. Al notificarse esta circunstancia por parte
del gestor de la red de transporte, desapareció la circunstancia de concurrencia de
solicitudes con afección eólica, pues es requisito necesario para solicitar una
autorización administrativa de un parque eólico disponer de los correspondientes
permisos de acceso y conexión. Dicha caducidad fue objeto de conflicto de acceso
planteado por Estudio Leyvi, S.L, confirmándose mediante resolución de la CNMC
de fecha 23/02/2023.
De todo lo cual se informa a los efectos oportunos,
EL JEFE DE SECCIÓN COMBUSTIBLES Y ENERGÍAS RENOVABLES
Francisco Javier Guerra Jorge
Por todo lo anteriormente expuesto se eleva la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
1º Conceder a Sistemas Energéticos Finca San Juan, S.L., la Autorización
Administrativa de la Instalación de Producción de Energía Eléctrica Parque Eólico
Finca San Juan, en el término municipal de Arico, cuyas características se indican
en el apartado PRIMERO de la presente Resolución.
Esta autorización administrativa se otorga conforme a lo dispuesto en el
Decreto 6/2015, de 30 de enero, por el que se aprueba el Reglamento que regula
la instalación y explotación de los parques eólicos en Canarias, y bajo las
condiciones siguientes:
Primera.- La instalación a que se refiere la presente autorización administrativa
se entiende sin perjuicio de las autorizaciones y concesiones por parte de otros
cve: BOE-B-2023-37510
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 298