III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-25335)
Resolución 420/38470/2023, de 6 de noviembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Alcalá, para la adscripción a dicha universidad del Centro Universitario de la Defensa ubicado en la Academia Central de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Miércoles 13 de diciembre de 2023

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el estudio, la creación y la investigación universitaria que sea de interés en el ámbito de
las Fuerzas Armadas y de la paz, la seguridad y la defensa, así como su transferencia a
la sociedad. Las Normas de Organización y Funcionamiento del CUD–ACD concretarán
la estructura académica del mismo.
Undécima.

Profesorado.

1. Con carácter general, el profesorado del CUD–ACD será proporcionado por
la UAH, con la dedicación necesaria que le permita ejercer su docencia de acuerdo con
la metodología que preconiza el Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), entre
el personal docente e investigador (PDI) perteneciente a dicha Universidad.
2. Para cubrir las necesidades docentes que componen las enseñanzas
correspondientes al título de Grado en Medicina, complementando a los PDI
proporcionados por la UAH, el Director del CUD–ACD, previo acuerdo del Patronato,
podrá proponer a la UAH la colaboración del personal del Cuerpo Militar de Sanidad.
3. La UAH tendrá autonomía para designar el personal docente que impartirá las
titulaciones recogidas en la cláusula decimoctava, debiendo proporcionar al CUD–ACD, con
carácter anual, la relación del citado personal. En este sentido, y para el Grado en Medicina,
podrá nombrar personal PDI entre las categorías de profesorado con vinculación
permanente, recogidas en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, para que desarrolle sus
funciones docentes y/o de investigación en las dependencias del CUD–ACD, de la ACD y/o
del HCDGU–CSVE.
4. Aquellos que no pertenezcan al profesorado universitario deberán contar con la
Venia Docendi de la UAH, otorgada por el Rector, a propuesta del Delegado de la
Universidad, para la materia o materias y disciplinas a su cargo.
5. Sin perjuicio del ejercicio del derecho de libertad de cátedra, el profesorado de la
UAH que colabore con el CUD–ACD contribuirá a la formación integral de los alumnos
del Centro Universitario de la Defensa (CUD) como militares profesionales y, por lo tanto,
deberá conocer y respetar las reglas esenciales que definen el comportamiento del
militar, así como los valores y tradiciones de las Fuerzas Armadas.
6. Previa conformidad del Patronato y conforme a lo dispuesto en la Orden
Ministerial 169/2003, de 11 de diciembre, por la que se regula el procedimiento de
celebración de convenios en el ámbito del Ministerio de Defensa, podrá establecer
convenios con otras universidades con el fin de posibilitar la participación de profesores
visitantes u honoríficos en la actividad académica o de investigación del centro.
Alumnos.

1. Los alumnos del centro se matricularán como alumnos de la UAH, exigiéndose
para su ingreso que cumplan los requisitos legales que prevean las disposiciones
vigentes para el acceso a la universidad y, en el caso de los alumnos de grado, los que
resulten del desarrollo normativo de los artículos 56 y 57 de la Ley 39/2007, de 19 de
noviembre.
2. Los alumnos del CUD–ACD tendrán la consideración de alumnos matriculados
en la UAH, con sus mismos derechos y deberes, con las solas limitaciones establecidas,
por su condición de militar, en la Constitución, en el régimen de derechos y deberes de
los miembros de las Fuerzas Armadas, en las Reales Ordenanzas para las Fuerzas
Armadas, en las leyes penales y disciplinarias y en el resto de legislación aplicable,
siendo su régimen de vida, en el caso de los alumnos que cursan la formación de grado,
el vigente en la ACD, de acuerdo con lo establecido en los artículos 50.4 y 68.1 de la
Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
3. El CUD–ACD admitirá anualmente el número de alumnos de grado de Medicina
que determine el real decreto de provisión de plazas en las Fuerzas Armadas,
estimándose una capacidad no superior a 260 alumnos en total de los seis cursos que
conforman el título de Grado en Medicina.

cve: BOE-A-2023-25335
Verificable en https://www.boe.es

Duodécima.