III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-25335)
Resolución 420/38470/2023, de 6 de noviembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Alcalá, para la adscripción a dicha universidad del Centro Universitario de la Defensa ubicado en la Academia Central de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Miércoles 13 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 165097

4. El CUD–ACD admitirá para cursar el Máster Universitario en «Sanidad Militar
Operativa» el número de alumnos que anualmente determine la Dirección General de
Reclutamiento y Enseñanza Militar, estimándose unas necesidades no superiores a 120
alumnos.
5. El CUD–ACD admitirá para cursar el Máster Universitario en «Formación Jurídico
Militar» el número de alumnos que anualmente determine la Dirección General de
Reclutamiento y Enseñanza Militar, estimándose unas necesidades no superiores a 20
alumnos.
6. El CUD–ACD admitirá para cursar el Máster Universitario en «Asesoramiento y
Control Presupuestario de Defensa» el número de alumnos que anualmente determine la
Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, estimándose unas necesidades
no superiores a 15 alumnos.
7. El CUD–ACD admitirá para cursar el Máster Universitario en «Formación del
Profesorado de ESO, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas» el
número de alumnos que anualmente determine la Dirección General de Reclutamiento y
Enseñanza Militar, estimándose unas necesidades no superiores a 45 alumnos.
8. El CUD–ACD admitirá para cursar el Máster Universitario en «Alta Dirección y
Gestión en el ámbito de la Defensa» el número de alumnos que anualmente determine la
Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, estimándose unas necesidades
no superiores a 25 alumnos.
9. El CUD–ACD admitirá el número de alumnos para el curso de formación
permanente de la UAH «Diploma de Experto en Comunicación Social de la Defensa»
que anualmente determine la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar,
estimándose unas necesidades no superiores a 30 alumnos.
10. En el caso de los alumnos de grado, la baja como alumno en la ACD conllevará
la baja en el CUD–ACD conforme el artículo 71.5 de la Ley 39/2007, de 19 de
noviembre, de igual modo que la baja en el CUD–ACD conllevará la baja en la ACD, no
suponiendo en ninguno de los casos compromiso alguno por parte de la UAH para su
admisión como alumno de grado.
Decimotercera.
servicios.

Funciones de personal técnico, de gestión y de administración y

Se llevarán a cabo por el personal necesario conforme a lo establecido en la
normativa vigente. En las Normas de Organización y Funcionamiento del CUD–ACD se
detallarán las funciones del personal técnico, de gestión y de administración y servicios,
los procesos para su selección y contratación, así como sus derechos y obligaciones.
Sistema financiero y económico-administrativo del centro.

1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 1723/2008, de 24
de octubre, los centros universitarios de la defensa dispondrán de presupuesto propio
financiado con cargo al capítulo 4, Transferencias Corrientes, y al capítulo 7,
Transferencias de Capital, del presupuesto del MINISDEF y, debido a su carácter de
centros universitarios, gozarán de autonomía económica y financiera; y podrán contar,
además, con otros recursos procedentes de subvenciones que, conforme a la legislación
vigente, se les puedan otorgar, así como con los remanentes de tesorería y cualesquiera
otros ingresos percibidos en el ejercicio de sus actividades.
2. El Director es el órgano de contratación del centro y está facultado para suscribir,
en su nombre y representación, de acuerdo con la legislación y normativa vigente,
aquellos contratos en los que el centro intervenga, sin perjuicio de la autorización del
Patronato.
3. Asimismo, el Director del CUD–ACD, previa aprobación del Patronato y conforme
a lo dispuesto en la Orden Ministerial 169/2003, de 11 de diciembre, por la que se regula
el procedimiento de celebración de convenios en el ámbito del Ministerio de Defensa,
podrá suscribir convenios con otros organismos públicos y privados al objeto, entre otros,

cve: BOE-A-2023-25335
Verificable en https://www.boe.es

Decimocuarta.