III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-25335)
Resolución 420/38470/2023, de 6 de noviembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Alcalá, para la adscripción a dicha universidad del Centro Universitario de la Defensa ubicado en la Academia Central de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Miércoles 13 de diciembre de 2023

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4. Deberá mostrar su acuerdo con la programación docente y demás aspectos
académicos incluidos en la memoria anual elaborada por la dirección del CUD–ACD con
carácter previo a su elevación al Patronato del CUD–ACD. En el caso de que
manifestara alguna reserva al respecto, dejará constancia de la misma por escrito para
su incorporación a la citada memoria.
Sexta. Órganos de gobierno.
1. Son órganos de gobierno y gestión del CUD–ACD los que seguidamente se
relacionan:
a) Colegiados: el Patronato y la Junta del CUD–ACD. El régimen jurídico y
funcionamiento de la Junta, se regirá por lo establecido en los artículos 15 y siguientes
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
b) Unipersonales: el Director, el Subdirector, el Secretario y el Gerente del CUD–ACD.
2. La composición, funciones y funcionamiento de la Junta del CUD–ACD, así
como, las funciones de los órganos unipersonales serán establecidas en sus Normas de
Organización y Funcionamiento.
Séptima.
1.

Composición del Patronato.

El Patronato estará compuesto por:

a) Presidente: el Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar. La
Presidencia dirimirá con su voto los empates a efectos de adopción de acuerdos.
b) Vicepresidente: el Subdirector General de Enseñanza Militar. Presidirá las
sesiones cuando no asista el Presidente.
c) Vocales:
− El Inspector General de Sanidad
− El Director de la Academia Central de la Defensa (ACD).
− El Director del CUD–ACD.
− El Director del HCDGU–CSVE.
− El Director de la Escuela Militar de Sanidad.
− El Vicerrector de la UAH con competencias en profesorado.
− El Vicerrector de la UAH con competencias en Grado.
− El Delegado de la UAH en el CUD–ACD.
− Un representante de la UAH nombrado por el Rector.
− Un representante de la Subdirección General de Enseñanza Militar designado por
el Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar.

2. La persona titular de la Subsecretaría de Defensa tendrá la consideración de
miembro nato del Patronato, con voz y voto. Cuando asista a las reuniones, las presidirá.
3. El Rector de la UAH tendrá la consideración de miembro nato del Patronato, con
voz y voto.
4. Además, se podrán nombrar vocales accidentales en caso de que, por la
naturaleza del tema a tratar, sea aconsejable. Tendrán voz, pero no voto.
Octava.

Funciones del Patronato.

1. Ostentar la representación institucional del CUD–ACD, que podrá delegar en el
Director del mismo.
2. Aprobar las Normas de Organización y Funcionamiento del CUD–ACD.

cve: BOE-A-2023-25335
Verificable en https://www.boe.es

d) Secretario: el Secretario del CUD–ACD actuará como Secretario del Patronato
con voz, pero sin voto. Le corresponderá levantar las actas de las sesiones y la custodia
de su documentación.