III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-25335)
Resolución 420/38470/2023, de 6 de noviembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Alcalá, para la adscripción a dicha universidad del Centro Universitario de la Defensa ubicado en la Academia Central de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Miércoles 13 de diciembre de 2023

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2. Los estudios impartidos por el CUD–ACD conducentes a la obtención de los
títulos mencionados en la cláusula decimoctava, tendrán los mismos efectos académicos
y profesionales que los cursados en los centros propios de la UAH.
3. Dadas las características de los estudios de los tres primeros cursos del Grado
de Medicina, y al objeto de compatibilizar la formación académica con la formación militar
general, los estudios correspondientes al título de Grado en Medicina, se impartirán en
las instalaciones del CUD–ACD y del Hospital Central de la Defensa «Gomez Ulla,
Centro Sanitario de Vida y Esperanza» (HCDGU–CSVE), de acuerdo con el Convenio
entre el MINISDEF y la Universidad de Alcalá para la utilización con fines docentes y de
investigación del Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla, Centro Sanitario de Vida y
Esperanza», suscrito el 21 de marzo de 2023. No obstante, cuando condicionantes de
carácter técnico no permitan impartir alguna actividad docente en las instalaciones del
CUD–ACD, se podrán utilizar las instalaciones de la UAH.
4. El resto de los cursos de los estudios correspondientes al título de Grado en
Medicina, se impartirán en las instalaciones del CUD–ACD, UAH y/o del HCDGU–CSVE
según el plan establecido en la Memoria de Verificación que regula los estudios de
Grado de Medicina de la UAH.
5. Corresponde a la UAH proporcionar el profesorado para impartir las enseñanzas
correspondientes a las titulaciones relacionadas en la cláusula decimoctava, de acuerdo
con los planes de estudios aprobados con las memorias de verificación de dichos títulos
y registrados en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT), contando con la
organización docente anual aprobada por las Facultades responsables y con los medios
disponibles de las facultades y sus departamentos.
6. La UAH expedirá, en nombre de S.M. el Rey, los títulos oficiales
correspondientes a las enseñanzas impartidas por el CUD–ACD, en el marco del
presente convenio.
7. La UAH permitirá la participación del personal del CUD–ACD en los cursos de
formación organizados por ella.
8. La UAH proporcionará al CUD–ACD, a través de sus servicios de Investigación y
Transferencia Tecnológica, apoyo y asesoramiento en el desarrollo de la actividad
investigadora del profesorado.
9. La UAH prestará al CUD–ACD, a través de sus unidades de gestión y apoyo a la
actividad docente e investigadora (servicio de bibliotecas, informática, idiomas, calidad,
comité de ética, etc.), los apoyos precisos para alcanzar los fines descritos en la cláusula
primera del presente convenio.
10. El asesoramiento y los apoyos recogidos en los puntos anteriores de esta
cláusula tienen el objetivo de colaborar en la mejora de la docencia, la investigación y la
administración del CUD–ACD, sin que pueda entenderse en ningún momento que
configuran una relación laboral o contractual del personal del CUD–ACD con la UAH.
Delegado de la Universidad en el CUD–ACD.

1. La vinculación académica entre la UAH y el CUD–ACD se establece a través de
la figura del Delegado de la Universidad.
2. El Delegado de la Universidad será nombrado por el Rector entre el profesorado
de la UAH con titulación de Doctor. Desempeñará la tarea de coordinación con el centro
en todo lo que se refiere a la gestión académica del mismo. Es el responsable ante la
Universidad de que el desarrollo de la actividad docente se realice de acuerdo con las
directrices emanadas del Rectorado y de las Facultades responsables, de acuerdo con
las memorias de verificación de los títulos recogidos en la cláusula vigésimo tercera,
aprobadas por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA)
o la correspondiente agencia de calidad, y la Consejería de Universidades de la
Comunidad de Madrid, para este Centro.
3. El Delegado de la Universidad será conocedor en todo momento de la actividad
académica del CUD–ACD relacionada con los títulos universitarios oficiales impartidos
por este centro y expedidos por la UAH.

cve: BOE-A-2023-25335
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.