III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-25335)
Resolución 420/38470/2023, de 6 de noviembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Alcalá, para la adscripción a dicha universidad del Centro Universitario de la Defensa ubicado en la Academia Central de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Miércoles 13 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 165092

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto, finalidad y alcance del convenio.

1. Constituye el objeto del presente convenio establecer las condiciones conforme a
las cuales el Centro Universitario de la Defensa ubicado en la Academia Central de la
Defensa (CUD–ACD) continúa adscrito a la Universidad de Alcalá (UAH), como un centro
universitario en el que se impartirán las enseñanzas universitarias recogidas en la
cláusula decimoctava del presente convenio.
2. El CUD–ACD y la UAH podrán colaborar en aquellas otras actividades de interés
mutuo que se determinen.
3. El CUD–ACD, dentro de su ámbito de conocimientos, podrá impartir otro tipo de
cursos que acuerde el Ministerio de Defensa (MINISDEF), aprovechando la
especialización de su profesorado.
Segunda.

Naturaleza y función del centro.

1. La titularidad del CUD–ACD corresponde al MINISDEF, a través de la
Subsecretaría de Defensa, teniendo el carácter de centro público y se rige por la Ley
Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; por la Ley 39/2007, de 19
de noviembre, de la carrera militar, y sus normas de desarrollo; por la Ley 3/2022, de 24
de febrero, de convivencia universitaria, con especial atención a su disposición adicional
primera; por el Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y
autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de
centros universitarios, con especial atención a su disposición adicional cuarta; por las
normas que dicte el Estado y la Comunidad Autónoma de Madrid en el ejercicio de sus
respectivas competencias; por los Estatutos de la UAH y sus normas de desarrollo que le
sean de aplicación; por el presente convenio de adscripción; y por sus Normas de
Organización y Funcionamiento, todo ello según las previsiones contenidas en el Real
Decreto 1723/2008, de 24 de octubre, por el que se crea el sistema de centros
universitarios de la defensa.
2. En su organización y funcionamiento se tendrá en cuenta el principio de libertad
académica, que se manifiesta en las libertades de cátedra, de investigación y de estudio.
3. El CUD–ACD contribuirá a la formación integral de sus alumnos y por lo tanto,
favorecerá la formación en valores y en las reglas esenciales que definen el
comportamiento del militar, recogidas en el artículo 4 de la Ley 39/2007, de 19 de
noviembre, y desarrolladas en las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas,
aprobadas por Real Decreto 96/2009, de 6 de febrero.

1. El MINISDEF se compromete a proporcionar los medios materiales e
instalaciones necesarias para garantizar el funcionamiento del centro y el cumplimiento
de sus objetivos.
2. La gestión administrativa de la matriculación se realizará por el CUD–ACD a
través del sistema informático de la Universidad.
Cuarta.

Aportaciones de la Universidad de Alcalá.

1. La gestión administrativa de los expedientes académicos de los estudiantes
correrá a cargo de la Universidad, disponiendo el CUD–ACD de toda la información
correspondiente a los estudiantes matriculados.

cve: BOE-A-2023-25335
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Aportaciones del MINISDEF.