III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-25335)
Resolución 420/38470/2023, de 6 de noviembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Alcalá, para la adscripción a dicha universidad del Centro Universitario de la Defensa ubicado en la Academia Central de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Miércoles 13 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 165100

8. El Comité de garantía de calidad en el desarrollo de sus funciones dependerá
directamente del Patronato del CUD–ACD.
9. El CUD–ACD desarrollará y pondrá en funcionamiento un sistema interno de
garantía de la calidad para la consecución de su certificación por la ANECA o la
correspondiente agencia de calidad.
Vigésima.

Investigación y transferencia del conocimiento.

La actividad investigadora que se realice en el centro universitario, así como la
transferencia del conocimiento generado por su personal docente e investigador, se
regirá por lo establecido en la Orden DEF/375/2021, de 20 de abril, por la que se
aprueban las directrices generales para la ordenación de la investigación y la
transferencia del conocimiento en los centros universitarios de la defensa, así como
cuantas disposiciones dicte la persona titular de la Subsecretaría de Defensa para su
aplicación.
Vigesimoprimera.

Financiación y compromisos económicos.

a) En su caso, el 100% del precio público estipulado en la normativa de la
Comunidad Autónoma de Madrid en concepto de matrícula de los alumnos por estudios
conducentes a la obtención del Título de Grado recogido en la cláusula decimoctava.
b) En su caso, el 25% del precio público estipulado en la normativa de la
Comunidad Autónoma de Madrid en concepto de matrícula de los alumnos en los
estudios oficiales del Máster Universitario en «Formación del Profesorado de ESO,
Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas», dado que el MINISDEF
aporta recursos relacionados con la prestación de servicios académicos y uso de
instalaciones.
c) En su caso, el 35% del precio público estipulado en la normativa de la
Comunidad Autónoma de Madrid para los másteres distintos de los habilitantes y los no
habilitantes con precios singularizados, en concepto de matrícula de los alumnos en los
estudios oficiales del Máster Universitario en «Formación Jurídico Militar», Máster
Universitario en «Asesoramiento y Control Presupuestario de Defensa», Máster
Universitario en «Sanidad Militar Operativa» y Máster en «Alta Dirección y Gestión en el
ámbito de la Defensa», dado que el MINISDEF aporta recursos relacionados con la
prestación de servicios académicos y uso de instalaciones.
d) En su caso, el 100% del precio público estipulado en la normativa de la
Comunidad Autónoma de Madrid en concepto de matrícula de los alumnos en los
estudios del curso de formación permanente de la UAH «Diploma de Experto en
Comunicación Social de la Defensa».

cve: BOE-A-2023-25335
Verificable en https://www.boe.es

1. La suscripción del presente convenio no conlleva compromisos económicos
concretos y determinados para el MINISDEF. La realización de las prácticas externas por
los alumnos del CUD–ACD en UCO,s del MINISDEF no supondrá, en ningún caso, la
percepción de emolumentos o indemnizaciones a cargo de dicho ministerio.
2. En relación con lo dispuesto en el apartado 4.b de la disposición adicional
quincuagésima segunda «Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que
realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de
formación», del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por
el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, el cumplimiento de las obligaciones
a la Seguridad Social corresponderán a la UAH.
3. La financiación de los CUD se regula en el artículo 5 del Real
Decreto 1723/2008, de 24 de octubre.
No obstante, en ejecución de este convenio, podrán derivarse gastos para el CUD–
ACD, que en el ámbito de su autonomía económica y financiera los afrontará con cargo a
su propio presupuesto. En concreto, el CUD–ACD, se compromete a abonar: