III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-25335)
Resolución 420/38470/2023, de 6 de noviembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Alcalá, para la adscripción a dicha universidad del Centro Universitario de la Defensa ubicado en la Academia Central de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297
Miércoles 13 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 165099
La incorporación de otras titulaciones y estudios se realizará mediante la firma de las
preceptivas adendas modificativas al presente convenio.
Además, se podrán cursar otros estudios de posgrado, incluyendo programas de
doctorado en el seno de los cuales se desarrollen líneas de investigación consideradas
de interés en el ámbito de las Fuerzas Armadas y de la paz, la seguridad y la defensa.
En el centro se impartirá el curso de formación permanente de la UAH «Diploma de
Experto en Comunicación Social de la Defensa».
El MINISDEF y la UAH se comprometen a que todas las Unidades, Centros u
Organismos (UCO,s) dependientes del MINISDEF, que sean debidamente autorizadas
por los órganos competentes del Departamento que componen su estructura orgánica,
puedan ser considerados como entidades colaboradoras para la realización de prácticas
académicas externas por los alumnos militares que estén desarrollando sus estudios de
Grado o Posgrado en el CUD–ACD. Asimismo, el CUD–ACD, como entidad gestora de
prácticas, establecerá el procedimiento para la gestión de las prácticas externas, de
conformidad con el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, y con el Reglamento de
Prácticas Académicas Externas de los estudios oficiales de la Universidad de Alcalá,
aprobado en Consejo de Gobierno de 21 de julio de 2022.
Decimonovena.
Garantía de Calidad.
Sin perjuicio de la aplicación del sistema de gestión de la calidad, de los estudios de
grado y posgrado de la UAH, a las enseñanzas universitarias incluidas en la cláusula
decimoctava, y al objeto de realizar un seguimiento de la calidad de la enseñanza de
formación en los currículos que se imparten de forma conjunta por la ACD y el
CUD–ACD, se articularán los siguientes mecanismos:
1.
Se constituirá un Comité de garantía de calidad, compuesto por:
2. Las normas de funcionamiento del Comité de garantía de calidad serán
aprobadas por el Patronato.
3. Autoevaluaciones de la ACD: en el equipo de autoevaluación nombrado al efecto
por la Subdirección General de Enseñanza Militar, de quien depende la ACD, se
incorporará en calidad de observador el responsable de calidad del CUD–ACD.
4. Evaluaciones externas a la ACD: en la Unidad de expertos que realice las
evaluaciones externas a la ACD ordenadas por la persona titular de la Subsecretaría de
Defensa, se incorporará en calidad de observador el responsable de calidad del
CUD–ACD.
5. En las auditorías/evaluaciones que se realicen al CUD–ACD, se incorporarán en
calidad de observadores el responsable de calidad de la ACD y un representante de
calidad de la Subdirección General de Enseñanza Militar.
6. La UAH pondrá a disposición del comité de garantía de calidad los informes de
verificación, validación, auditoria, etc. relacionados con el CUD–ACD y con las
titulaciones que se impartan en el CUD–ACD en el marco de este convenio, incluyendo
información periódica de la situación de las acciones que se deriven de dichos informes.
7. Asimismo, la UAH, el CUD–ACD y la ACD informarán al Comité de garantía de
calidad de cualquier situación real o potencial que pueda tener un impacto negativo en la
calidad de la enseñanza.
cve: BOE-A-2023-25335
Verificable en https://www.boe.es
a) Responsable de calidad del CUD–ACD.
b) Representante del Sistema Interno de Garantía de Calidad de la UAH.
c) Responsable del área o de la Unidad de evaluación y calidad de la ACD,
nombrado conforme al artículo 4 del Real Decreto 93/2022, de 1 de febrero, por el que
se aprueba el Reglamento de la calidad de la enseñanza militar y de su evaluación.
d) Representante de calidad de la Subdirección General de Enseñanza Militar.
Núm. 297
Miércoles 13 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 165099
La incorporación de otras titulaciones y estudios se realizará mediante la firma de las
preceptivas adendas modificativas al presente convenio.
Además, se podrán cursar otros estudios de posgrado, incluyendo programas de
doctorado en el seno de los cuales se desarrollen líneas de investigación consideradas
de interés en el ámbito de las Fuerzas Armadas y de la paz, la seguridad y la defensa.
En el centro se impartirá el curso de formación permanente de la UAH «Diploma de
Experto en Comunicación Social de la Defensa».
El MINISDEF y la UAH se comprometen a que todas las Unidades, Centros u
Organismos (UCO,s) dependientes del MINISDEF, que sean debidamente autorizadas
por los órganos competentes del Departamento que componen su estructura orgánica,
puedan ser considerados como entidades colaboradoras para la realización de prácticas
académicas externas por los alumnos militares que estén desarrollando sus estudios de
Grado o Posgrado en el CUD–ACD. Asimismo, el CUD–ACD, como entidad gestora de
prácticas, establecerá el procedimiento para la gestión de las prácticas externas, de
conformidad con el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, y con el Reglamento de
Prácticas Académicas Externas de los estudios oficiales de la Universidad de Alcalá,
aprobado en Consejo de Gobierno de 21 de julio de 2022.
Decimonovena.
Garantía de Calidad.
Sin perjuicio de la aplicación del sistema de gestión de la calidad, de los estudios de
grado y posgrado de la UAH, a las enseñanzas universitarias incluidas en la cláusula
decimoctava, y al objeto de realizar un seguimiento de la calidad de la enseñanza de
formación en los currículos que se imparten de forma conjunta por la ACD y el
CUD–ACD, se articularán los siguientes mecanismos:
1.
Se constituirá un Comité de garantía de calidad, compuesto por:
2. Las normas de funcionamiento del Comité de garantía de calidad serán
aprobadas por el Patronato.
3. Autoevaluaciones de la ACD: en el equipo de autoevaluación nombrado al efecto
por la Subdirección General de Enseñanza Militar, de quien depende la ACD, se
incorporará en calidad de observador el responsable de calidad del CUD–ACD.
4. Evaluaciones externas a la ACD: en la Unidad de expertos que realice las
evaluaciones externas a la ACD ordenadas por la persona titular de la Subsecretaría de
Defensa, se incorporará en calidad de observador el responsable de calidad del
CUD–ACD.
5. En las auditorías/evaluaciones que se realicen al CUD–ACD, se incorporarán en
calidad de observadores el responsable de calidad de la ACD y un representante de
calidad de la Subdirección General de Enseñanza Militar.
6. La UAH pondrá a disposición del comité de garantía de calidad los informes de
verificación, validación, auditoria, etc. relacionados con el CUD–ACD y con las
titulaciones que se impartan en el CUD–ACD en el marco de este convenio, incluyendo
información periódica de la situación de las acciones que se deriven de dichos informes.
7. Asimismo, la UAH, el CUD–ACD y la ACD informarán al Comité de garantía de
calidad de cualquier situación real o potencial que pueda tener un impacto negativo en la
calidad de la enseñanza.
cve: BOE-A-2023-25335
Verificable en https://www.boe.es
a) Responsable de calidad del CUD–ACD.
b) Representante del Sistema Interno de Garantía de Calidad de la UAH.
c) Responsable del área o de la Unidad de evaluación y calidad de la ACD,
nombrado conforme al artículo 4 del Real Decreto 93/2022, de 1 de febrero, por el que
se aprueba el Reglamento de la calidad de la enseñanza militar y de su evaluación.
d) Representante de calidad de la Subdirección General de Enseñanza Militar.