I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE JUVENTUD E INFANCIA. Subvenciones. (BOE-A-2023-25288)
Real Decreto 1086/2023, de 12 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a entidades del Tercer Sector para la implementación de actividades de capacitación en competencias digitales a infancia, adolescencia y juventud vulnerable, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Miércoles 13 de diciembre de 2023
Artículo 5.

Sec. I. Pág. 164981

Presentación de solicitudes.

a) Datos del solicitante y memoria explicativa del proyecto a presentar por la
entidad, según el anexo I.
b) Autorización para que el centro directivo instructor pueda recabar por medios
telemáticos los datos de identidad personal, según anexo II.
c) Original o copia de los estatutos debidamente legalizados de acuerdo con lo
establecido por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de
Asociación o, en su caso, por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, o por
la legislación que le resulte de aplicación en virtud de su propia personalidad jurídica.
d) Declaraciones responsables acreditativas por parte de la entidad principal
beneficiaria de la no concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el
artículo 13.2, con excepción de la letra e), y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
por sí y por las entidades asociadas. La declaración responsable será realizada
conforme al modelo de declaración responsable facilitado en el anexo III.
e) Documento acreditativo de la inscripción de los estatutos, cuando corresponda,
así como de sus diferentes modificaciones en el registro administrativo correspondiente
cualquiera que sea su ámbito.
f) Tarjeta de identificación fiscal de las entidades.
g) Cuando proceda, poder bastante en derecho para actuar en nombre y
representación de la entidad. En el caso de entidades asociadas, la entidad principal
actuará como representante de todas las demás.
h) Declaración escrita comprometiéndose a conceder los accesos y derechos
necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo, la
Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias.
Dicha declaración deberá garantizar que los terceros implicados en la ejecución de los
fondos de la Unión Europea concedan derechos equivalentes, según anexo IV.
i) Declaración responsable de encontrarse al corriente del pago de las obligaciones
de reembolso de cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos anteriormente con
cargo a los créditos específicamente consignados para la gestión de los fondos europeos
en los presupuestos generales del Estado, según anexo V.
j) Compromiso de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de
actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia, según anexo VI.
k) Compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del plan de
recuperación, transformación y resiliencia, según anexo VII.
l) Declaración de ausencia de conflicto de intereses, según anexo VIII.
m) En el caso de entidades que vayan a presentarse como agrupación, conforme a
lo establecido en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, compromiso de
formalizar entre sí un convenio o instrumento jurídico similar, para detallar las actividades
subvencionadas que se obligan a ejecutar por cuenta de la misma y expresen su
aceptación de asumir la condición de beneficiarias, con las correspondientes

cve: BOE-A-2023-25288
Verificable en https://www.boe.es

1. Las solicitudes se presentarán en los formularios de solicitud que figuran en los
anexos en el plazo de 12 días a partir de la entrada en vigor de este real decreto y se
ajustarán, en sus diversos aspectos, a las previsiones contenidas en los artículos 14.2,
16 y 28, y cualesquiera otros que pudieran resultar de aplicación de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La solicitud se presentará a través de la sede electrónica asociada del Ministerio de
Sanidad, a la que se puede acceder en la dirección, en el epígrafe «otros formularios»:
https://sede.mscbs.gob.es/registroElectronico/
formularios.htm#TRAM_PETDATOSMDSA2030.
2. La solicitud deberá acompañarse de los documentos que a continuación se
detallan, teniendo en cuenta que la comprobación de la existencia de datos no ajustados
a la realidad, tanto en la solicitud como de la documentación aportada, podrá comportar,
en función de su importancia, la inadmisión a trámite de la solicitud, sin perjuicio de las
restantes responsabilidades que pudieran derivarse: