III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-25259)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques eólicos "Redarator, Reso y Rifeo" de 42 MW, 48 MW y 30 MW respectivamente, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza».
26 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 296

Martes 12 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 164720

– Alternativa 2, propone la evacuación de la energía desde la «SET Abarca G4
3’/132 kVA» hasta el «Nudo Abarca», mediante la construcción de una línea área de alta
tensión de 5.279,8 m de longitud.
– Alternativa 3, propone la evacuación de la energía desde la «SET Abarca G4
3’/132 kVA» hasta el «Nudo Abarca», mediante la construcción de una línea área de alta
tensión de 561 m de longitud.
Según los resultados obtenidos en el EsIA, el promotor selecciona la Alternativa 3.
Con respecto al tramo de la línea de evacuación comprendido entre el «Nudo
Abarca» y la «SET Tauste» el EsIA no incluyó análisis de alternativas en el EsIA, puesto
que originalmente formaba parte de una línea de evacuación evaluada en otros
expedientes.
b.

Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

Atmósfera y clima:
Durante la fase de construcción, se verá afectada la calidad del aire
fundamentalmente por el levantamiento de polvo relacionado con los movimientos de
tierra, además el tráfico de maquinaria y vehículos pesados conllevará la emisión de
partículas contaminantes (CO2, CO, NOX y compuestos orgánicos volátiles). Asimismo,
se producirá un incremento de los niveles sonoros, derivado del funcionamiento de la
maquinaria, del movimiento de tierras y de la construcción de nuevas infraestructuras.
El promotor propone medidas como la realización de trabajos durante la franja
diurna, la limitación de velocidad para vehículos, el riego de zonas de obras, el
transporte cubierto de los materiales y la revisión periódica de los motores de
combustión utilizados, de tal forma que cumpla la normativa vigente referente a
emisiones atmosféricas de gases.
Durante la fase de funcionamiento, según el EsIA, las únicas emisiones a la
atmósfera que se esperan son las debidas a los movimientos de operarios en vehículos
dentro del parque puesto que las instalaciones eléctricas del parque se alimentan
directamente de la energía limpia generada. El impacto durante esta fase se considera
positivo al sustituirse el uso de combustibles fósiles por fuentes de energía renovables.
En el apartado de condiciones de esta resolución se disponen las medidas a adoptar
para reducir los posibles impactos.

El EsIA señala que el área de estudio se localiza en el sector centro-occidental de la
Depresión del Ebro. De acuerdo con el mapa geológico incluido en el EsIA, los
aerogeneradores se sitúan sobre materiales del Cuaternario (conglomerados, areniscas,
gravas, arenas, margas, lutitas). La zona de implantación tiene una altitud aproximada de
entre 300 y 600 metros, siendo una zona bastante llana y de transición desde el río Ebro
hacia las Bárdenas Reales de Navarra.
De acuerdo al EsIA, durante la fase de construcción el impacto más significativo
sería consecuencia de los movimientos de tierra previstos, suponiendo un incremento de
los fenómenos erosivos y pequeños deslizamientos puntuales. Asimismo, se producirían
impactos sobre el suelo como consecuencia del uso de maquinaria pesada durante las
obras, por lo que la capacidad de infiltración del suelo se vería reducida. Además,
podrían producirse derrames y/o vertidos accidentales de sustancias contaminantes
derivados de trabajos propios de la obra o de la maquinaria. En cuanto a la fase de
explotación, el promotor considera que no se generaría ningún impacto nuevo sobre la
geología del entorno, más allá de fenómenos erosivos, y deslizamientos puntuales de
poca magnitud y localizados.
Para minimizar estos impactos el promotor propone una serie de medidas
preventivas, correctoras y compensatorias, como la delimitación de la ocupación
temporal, jalonamiento perimetral, control exhaustivo durante las obras y mantenimiento

cve: BOE-A-2023-25259
Verificable en https://www.boe.es

Geología y suelo: