III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-25279)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., por la que se publica el Convenio con l'Institut Català de la Salut, para la contratación precomercial de servicios de I+D en el ámbito del desarrollo de un programa de simulación evolutiva pulmonar intersticial mediante inteligencia artificial (SEPI-IA) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 296
Martes 12 de diciembre de 2023
Decimocuarta.
Sec. III. Pág. 164915
Transparencia de la actividad pública.
Las partes firmantes dan su consentimiento para la publicación, de forma periódica y
actualizada, de la información, relativa al convenio, cuyo conocimiento sea relevante
para garantizar la transparencia de la actividad relacionada con el funcionamiento y
control de la actividad pública, tal y como exigen los artículos 5.1 y 8.1, b) de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno.
Decimoquinta.
Notificaciones.
Las notificaciones, solicitudes y demás comunicaciones necesarias a los efectos del
presente convenio y que sean de especial relevancia se deberán realizar por medio de
comunicación fehaciente a las siguientes direcciones y atención y se tendrán por
cumplidas en la fecha de recepción por el destinatario.
Para CDTI E.P.E: Oficina de Coordinación de Iniciativas Estratégicas (OCIE).
Dirección: C/ Cid, número 4, 28001 Madrid.
Email: ocie@cdti.es.
Para l’Institut Català de la Salut.
Dirección: Carrer de la Feixa Llarga, s/n, 08907 L'Hospitalet de Llobregat, Barcelona.
Email: ger@bellvitgehospital.cat.
Decimosexta.
Naturaleza y régimen jurídico.
El presente convenio se regirá e interpretará conforme a la ley española, tiene
naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar
de la LRJSP y en lo dispuesto en el artículo 59 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio en la fecha
indicada en la última firma realizada.–Por el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la
Innovación, EPE, el Director General, Francisco Javier Ponce Martínez.–Por l’Institut
Català de la Salut, el Director Gerente, Xavier Pérez y Berruezo.
ANEXO I
Necesidades públicas
Antecedentes
La necesidad pública identificada requiere una solución en el ámbito del desarrollo de
software médico denominado Programa de Simulación Evolutiva Pulmonar Intersticial
mediante Inteligencia Artificial (SEPI-IA), la cual forma parte de una de las actuaciones
en el marco del PERTE de Salud de Vanguardia, contribuyendo a la implantación de la
medicina personalizada de precisión en el SNS.
Las Enfermedades Pulmonares Intersticiales Difusas (EPID) incluyen hasta 100
enfermedades respiratorias raras diferentes que afectan al parénquima pulmonar, con un
componente inflamatorio y fibrótico variable. El diagnóstico de certeza requiere un equipo
experto multidisciplinar para el diagnóstico de confianza Como enfermedades
minoritarias, cada EPID afecta a muy pocos pacientes, pero analizando todas las EPID,
en su conjunto, la prevalencia en 2020 fue de 218,9 por 100.000 habitantes, por lo que
las EPID están afectando a unos 105.072 pacientes en España. Además, la incidencia
está aumentando por diferentes factores, entre ellos el aumento de la esperanza de vida,
la contaminación ambiental y el problema reciente de los cambios persistentes fibróticos
cve: BOE-A-2023-25279
Verificable en https://www.boe.es
1.
Núm. 296
Martes 12 de diciembre de 2023
Decimocuarta.
Sec. III. Pág. 164915
Transparencia de la actividad pública.
Las partes firmantes dan su consentimiento para la publicación, de forma periódica y
actualizada, de la información, relativa al convenio, cuyo conocimiento sea relevante
para garantizar la transparencia de la actividad relacionada con el funcionamiento y
control de la actividad pública, tal y como exigen los artículos 5.1 y 8.1, b) de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno.
Decimoquinta.
Notificaciones.
Las notificaciones, solicitudes y demás comunicaciones necesarias a los efectos del
presente convenio y que sean de especial relevancia se deberán realizar por medio de
comunicación fehaciente a las siguientes direcciones y atención y se tendrán por
cumplidas en la fecha de recepción por el destinatario.
Para CDTI E.P.E: Oficina de Coordinación de Iniciativas Estratégicas (OCIE).
Dirección: C/ Cid, número 4, 28001 Madrid.
Email: ocie@cdti.es.
Para l’Institut Català de la Salut.
Dirección: Carrer de la Feixa Llarga, s/n, 08907 L'Hospitalet de Llobregat, Barcelona.
Email: ger@bellvitgehospital.cat.
Decimosexta.
Naturaleza y régimen jurídico.
El presente convenio se regirá e interpretará conforme a la ley española, tiene
naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar
de la LRJSP y en lo dispuesto en el artículo 59 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio en la fecha
indicada en la última firma realizada.–Por el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la
Innovación, EPE, el Director General, Francisco Javier Ponce Martínez.–Por l’Institut
Català de la Salut, el Director Gerente, Xavier Pérez y Berruezo.
ANEXO I
Necesidades públicas
Antecedentes
La necesidad pública identificada requiere una solución en el ámbito del desarrollo de
software médico denominado Programa de Simulación Evolutiva Pulmonar Intersticial
mediante Inteligencia Artificial (SEPI-IA), la cual forma parte de una de las actuaciones
en el marco del PERTE de Salud de Vanguardia, contribuyendo a la implantación de la
medicina personalizada de precisión en el SNS.
Las Enfermedades Pulmonares Intersticiales Difusas (EPID) incluyen hasta 100
enfermedades respiratorias raras diferentes que afectan al parénquima pulmonar, con un
componente inflamatorio y fibrótico variable. El diagnóstico de certeza requiere un equipo
experto multidisciplinar para el diagnóstico de confianza Como enfermedades
minoritarias, cada EPID afecta a muy pocos pacientes, pero analizando todas las EPID,
en su conjunto, la prevalencia en 2020 fue de 218,9 por 100.000 habitantes, por lo que
las EPID están afectando a unos 105.072 pacientes en España. Además, la incidencia
está aumentando por diferentes factores, entre ellos el aumento de la esperanza de vida,
la contaminación ambiental y el problema reciente de los cambios persistentes fibróticos
cve: BOE-A-2023-25279
Verificable en https://www.boe.es
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