III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-25222)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Bucéfalo de 30 MWw y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 11 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 164399
deberán estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una
adenda al mismo, previamente a su aprobación.
El promotor desarrollará el PVA de forma concreta y detallada para las fases de
construcción y explotación. Se establecerán controles para cada una de las operaciones
generadoras de impactos y de los factores ambientales afectados, así como sobre la
eficacia de las correspondientes medidas de mitigación. Se especificarán y detallarán
para cada control, entre otros, los objetivos perseguidos, parámetros de control,
indicadores de cumplimiento, periodicidad del control, responsable, etc., sin perjuicio de
las especificaciones expuestas en las siguientes condiciones, que prevalecerán en caso
de discrepancia. La periodicidad de los informes será como mínimo trimestral durante la
fase de construcción y semestral durante los tres primeros años de explotación. A partir
de ese momento, la periodicidad mínima de los citados informes será anual.
Asimismo, el PVA deberá actualizar el plan de restauración de cada uno de los
proyectos en función del desarrollo de las obras.
Durante las fases de obra y funcionamiento, se realizará el seguimiento de los
niveles de ruido en los receptores potenciales, incluso con campañas de mediciones
sobre el terreno, para verificar el cumplimiento de la calidad acústica establecida. Los
valores de inmisión a considerar deben corresponderse con los establecidos por ley para
el lugar de recepción. En el supuesto de detectarse valores por encima de los
establecidos en la normativa de ruido, se establecerán medidas adicionales, entre ellas
la limitación de velocidad de aerogeneradores, e incluso la parada, con objeto de
garantizar el cumplimiento de la legislación vigente, sin perjuicio de su notificación al
órgano sustantivo.
Durante las fases de obra y explotación del proyecto se realizará un seguimiento de
los riesgos de deslizamiento del terreno. Si fuese detectado algún tipo de movimiento, se
estudiarán las causas y se definirán y ejecutarán las medidas oportunas. El seguimiento
alcanzará a la aparición de fenómenos de erosión en suelos removidos por las obras, así
como a la efectividad de la restauración geomorfológica y vegetal realizada de toda la
superficie de ocupación temporal.
Previa a la fase de obras, y durante la misma, el promotor realizará el seguimiento de
la calidad de las masas de agua y zonas húmedas dentro de las poligonales del proyecto
y zonas próximas a las mismas. Si se produjesen cambios respecto de las condiciones
físico-químicas preoperacionales, se aplicarán medidas correctoras de inmediato,
informando al organismo de cuenca. En fase de construcción se realizará un control
mensual de la presencia de materiales susceptibles de ser arrastrados. Si se detectasen
riesgos significativos de contaminación de agua en los arroyos, charcas y lagunas, se
realizará un control quincenal del parámetro de calidad del agua con riesgo de
incumplimiento.
Se llevará a cabo una vigilancia y control arqueológico de todos los desbroces,
excavaciones y movimientos de tierras. En caso de hallazgos, se pondrán en
conocimiento de la Dirección General de Cultura del Gobierno de Aragón. El Plan de
Vigilancia Ambiental deberá recoger una medida en la que verifique que el material
generado va a ser efectivamente asumido por la obra y, en caso contrario, prever un
punto de vertido adecuado.
Durante los primeros cinco años, se realizarán los trabajos de campo y
prospecciones, con la finalidad de caracterizar las poblaciones y su uso del espacio (en
especial, del tránsito de aves por los aerogeneradores y los pasos entre ellos). Con
carácter previo al inicio de las obras, el plan de seguimiento será presentado ante el
órgano competente en la comunidad autónoma para su conocimiento. Durante los tres
primeros años y con una periodicidad cuatrimestral, se presentará ante el órgano
competente de la comunidad autonómica un informe sobre el seguimiento de las
poblaciones y su uso del espacio, donde se recogerán los datos relacionados con
especies avistadas, número de ejemplares, altura de avistamientos, bajas de ejemplares,
situación de dormideros, nidificación, etc. Los dos años restantes, la periodicidad de los
informes será anual.
cve: BOE-A-2023-25222
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 295
Lunes 11 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 164399
deberán estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una
adenda al mismo, previamente a su aprobación.
El promotor desarrollará el PVA de forma concreta y detallada para las fases de
construcción y explotación. Se establecerán controles para cada una de las operaciones
generadoras de impactos y de los factores ambientales afectados, así como sobre la
eficacia de las correspondientes medidas de mitigación. Se especificarán y detallarán
para cada control, entre otros, los objetivos perseguidos, parámetros de control,
indicadores de cumplimiento, periodicidad del control, responsable, etc., sin perjuicio de
las especificaciones expuestas en las siguientes condiciones, que prevalecerán en caso
de discrepancia. La periodicidad de los informes será como mínimo trimestral durante la
fase de construcción y semestral durante los tres primeros años de explotación. A partir
de ese momento, la periodicidad mínima de los citados informes será anual.
Asimismo, el PVA deberá actualizar el plan de restauración de cada uno de los
proyectos en función del desarrollo de las obras.
Durante las fases de obra y funcionamiento, se realizará el seguimiento de los
niveles de ruido en los receptores potenciales, incluso con campañas de mediciones
sobre el terreno, para verificar el cumplimiento de la calidad acústica establecida. Los
valores de inmisión a considerar deben corresponderse con los establecidos por ley para
el lugar de recepción. En el supuesto de detectarse valores por encima de los
establecidos en la normativa de ruido, se establecerán medidas adicionales, entre ellas
la limitación de velocidad de aerogeneradores, e incluso la parada, con objeto de
garantizar el cumplimiento de la legislación vigente, sin perjuicio de su notificación al
órgano sustantivo.
Durante las fases de obra y explotación del proyecto se realizará un seguimiento de
los riesgos de deslizamiento del terreno. Si fuese detectado algún tipo de movimiento, se
estudiarán las causas y se definirán y ejecutarán las medidas oportunas. El seguimiento
alcanzará a la aparición de fenómenos de erosión en suelos removidos por las obras, así
como a la efectividad de la restauración geomorfológica y vegetal realizada de toda la
superficie de ocupación temporal.
Previa a la fase de obras, y durante la misma, el promotor realizará el seguimiento de
la calidad de las masas de agua y zonas húmedas dentro de las poligonales del proyecto
y zonas próximas a las mismas. Si se produjesen cambios respecto de las condiciones
físico-químicas preoperacionales, se aplicarán medidas correctoras de inmediato,
informando al organismo de cuenca. En fase de construcción se realizará un control
mensual de la presencia de materiales susceptibles de ser arrastrados. Si se detectasen
riesgos significativos de contaminación de agua en los arroyos, charcas y lagunas, se
realizará un control quincenal del parámetro de calidad del agua con riesgo de
incumplimiento.
Se llevará a cabo una vigilancia y control arqueológico de todos los desbroces,
excavaciones y movimientos de tierras. En caso de hallazgos, se pondrán en
conocimiento de la Dirección General de Cultura del Gobierno de Aragón. El Plan de
Vigilancia Ambiental deberá recoger una medida en la que verifique que el material
generado va a ser efectivamente asumido por la obra y, en caso contrario, prever un
punto de vertido adecuado.
Durante los primeros cinco años, se realizarán los trabajos de campo y
prospecciones, con la finalidad de caracterizar las poblaciones y su uso del espacio (en
especial, del tránsito de aves por los aerogeneradores y los pasos entre ellos). Con
carácter previo al inicio de las obras, el plan de seguimiento será presentado ante el
órgano competente en la comunidad autónoma para su conocimiento. Durante los tres
primeros años y con una periodicidad cuatrimestral, se presentará ante el órgano
competente de la comunidad autonómica un informe sobre el seguimiento de las
poblaciones y su uso del espacio, donde se recogerán los datos relacionados con
especies avistadas, número de ejemplares, altura de avistamientos, bajas de ejemplares,
situación de dormideros, nidificación, etc. Los dos años restantes, la periodicidad de los
informes será anual.
cve: BOE-A-2023-25222
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 295