III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-25222)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Bucéfalo de 30 MWw y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295

Lunes 11 de diciembre de 2023

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dos ejemplares a 30 m de la zanja de la línea de evacuación. Además, se ha detectado
mayor abundancia de aves esteparias al norte de las instalaciones. Teniendo en
consideración todos los factores analizados, esta Dirección General considera que el
aerogenerador BUC-03 causará afecciones significativas a la avifauna y no es viable su
implantación. Respecto a los aerogeneradores BUC-01 y 02 se considera que las
afecciones son menores en las posiciones originales, siempre que se cumplan las
medidas propuestas por el promotor respecto a la instalación de sistemas de detección y
parada, y pintado de palas. En cuanto a la línea de evacuación subterránea, su
construcción debe realizarse fuera de los periodos de reproducción y cría del cernícalo
primilla. Todo ello conforme a lo especificado en el apartado «e. Valoración del órgano
ambiental sobre la propuesta definitiva del promotor» y a los condicionantes de la
presente resolución.
Respecto a los quirópteros en el estudio aportado por el promotor cubriendo un ciclo
anual de actividad en el entorno del parque eólico se han detectado 9 especies, 2 de
ellas incluidas en los catálogos de especies amenazadas: el nóctulo grande (Nyctalus
lasiopterus) incluido en la categoría «en peligro de extinción» en Aragón y «vulnerable»
en España, y el murciélago de cueva (Miniopterus schreibersii) incluido en la de
«vulnerable» en ambos catálogos. El estudio indica que la afección sobre la
disponibilidad de hábitat de las especies presentes seria baja, ya que existe alta
disponibilidad de los mismos hábitats en el entorno y la mayoría de ellas no presentan
necesidades específicas. Sin embargo, se considera el posible efecto barrera a causa de
que la presencia en el entorno del parque eólico de especies típicamente forestales
(como el nóctulo) o que requieren refugios tipo cueva, que no se encuentran en las
inmediaciones, lo que indica que la zona de ocupación del parque eólico sea empleada
como zona de tránsito, pero se concluye que el bajo número de aerogeneradores así
como la separación entre ellos reduce considerablemente las posibles afecciones sobre
las especies presentes. La valoración de la mortalidad de individuos por colisión con las
palas de los aerogeneradores se ha considerado alta para los Murciélagos enano
(Pipistrellus pipistrellus), de borde claro (Pipistrellus kuhlii), de Cabrera (Pipistrellus
pygmaeus) y para el Murciélago montañero (Hypsugo savii), que, además, presentan
incidencias elevadas o moderadas en parques eólicos.
Esta Dirección General considera que, debido a la presencia de quirópteros
catalogados se deben realizar un seguimiento exhaustivo durante el primer año de
explotación del proyecto para conocer el impacto real de las infraestructuras respecto a
la mortalidad de especies y la colocación del sistema DTBAT o de parada de las palas
bajo unas determinadas condiciones meteorológicas en fechas y horas concretas. Esta
propuesta queda recogida en el condicionado de la presente resolución.

El estudio de impacto ambiental incluye un análisis visual del parque eólico, del que
se desprende que la infraestructura va a ser visible desde el 38,19 % de la superficie
establecida para el análisis de visibilidad (20 km a la redonda). El mayor impacto visual,
en función de la orografía, la distancia, el número de observadores potenciales y el
tiempo de observación, se tiene desde el núcleo urbano de Tauste, aunque se sitúa a
gran distancia del parque (unos 9,9 km). Desde otros núcleos de población en el entorno
del parque eólico, la visual del parque no será completa, debido a la orografía del
terreno, observándose únicamente la parte superior de los aerogeneradores. Con
respecto a la red viaria, el mayor impacto visual se tendrá desde la carretera CV-607 y
A-1102, por proximidad al parque eólico, pero el número potencial de observadores
diarios es bajo en ambos casos. La magnitud del impacto se ha considerado baja, por lo
que el impacto ha resultado moderado.
Para mitigar el impacto de contaminación paisajística por introducción de un
elemento antrópico se proponen una serie de medidas, destacando la reducción al
mínimo indispensable los movimientos de tierra y la altura y pendiente de terraplenes de

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