III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2023-25225)
Orden TED/1326/2023, de 17 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del programa "Reto Rural Digital" para proyectos de capacitación digital, y se procede a su convocatoria en el año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295

Lunes 11 de diciembre de 2023

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genérico o específico, sobre la materia y en las circunstancias ya señaladas en nuestra
doctrina anterior, a saber: que resulte imprescindible para asegurar la plena efectividad
de las medidas dentro de la ordenación básica del sector y para garantizar las mismas
posibilidades de obtención y disfrute por parte de sus potenciales destinatarios en todo el
territorio nacional, evitando al propio tiempo que se sobrepase la cuantía global de los
fondos estatales destinados al sector. Su procedencia en cada caso habrá de aparecer
razonablemente justificada o deducirse sin esfuerzo de la naturaleza y contenido de la
medida de fomento de que se trate».
La apreciación de la necesidad de esa centralización es, por otra parte, competencia
del Estado, único competente para establecer los casos en los que concurren esas
circunstancias y para valorar la participación en ese proceso de las comunidades
autónomas (STC 31/10, FJ 62). Dado que el ámbito de aplicación es todo el territorio
nacional, y en beneficio de su efectividad y operatividad, es conveniente la concentración
de fondos que los financian.
V

CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.

Objeto y finalidad.

Constituye el objeto de esta orden el establecimiento de las bases reguladoras, así como
la convocatoria, del Programa «Reto Rural Digital» para proyectos de capacitación digital en
el medio rural, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

cve: BOE-A-2023-25225
Verificable en https://www.boe.es

Esta orden se dicta de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, y con su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio. Para ello, de acuerdo con los artículos 9.2 y 17 y con la disposición adicional
decimosexta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, mediante esta orden se establecen
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa «Reto Rural
Digital» para proyectos de capacitación digital y se procede a su convocatoria en el
año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
A tal efecto, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, las ayudas previstas en esta orden han sido
tenidas en cuenta en la revisión del Plan Estratégico de Subvenciones del Ministerio para
la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, 2022-2024.
Por último, se ha de tener en cuenta que el artículo 61 del Real Decreto-ley 36/2020,
de 30 de diciembre, establece la posible tramitación de las bases reguladoras y
convocatoria de las subvenciones financiables con fondos europeos de forma conjunta.
Considerando que el Programa, como ya se ha señalado, se financian con cargo al
Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia, estas Bases Reguladoras incorporan
la convocatorias.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre, esta orden ha sido objeto del informe preceptivo de la Abogacía del Estado y
de la Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado
en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Por último, será la persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, la competente para establecer estas bases reguladoras. El procedimiento
de concesión es el de concurrencia competitiva.
Por su parte, la competencia para realizar las convocatorias y la concesión de las
subvenciones que se realicen a futuro recaerá en la Ministra para la Transición Ecológica
y el Reto Demográfico, de acuerdo con la Orden TED/533/2021, de 20 de mayo, sobre
delegación de competencias.
En su virtud, dispongo: