III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-25102)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque eólico "Tages" de 42 MW, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza».
16 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294

Sábado 9 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 163754

información pública afirma que, tras consultar los datos de la Carta Paleontológica de
Aragón y el ámbito de actuación, no se conoce patrimonio paleontológico de Aragón que
se vea afectado por el proyecto. A pesar de ello, señala que, si en el transcurso de los
trabajos se produjera el hallazgo de restos paleontológicos, deberá comunicarse de
forma inmediata a la mencionada Dirección General. No obstante, se espera una posible
afección del proyecto al patrimonio arqueológico aragonés, por lo que resulta necesario
la realización de labores de prospección arqueológica en las zonas afectadas directa o
indirectamente por el proyecto, para lo que aporta las indicaciones que han de seguirse
en dichos trabajos.
En la adenda al EsIA, los bienes de interés cultural que se han encontrado en la zona
de estudio son los siguientes:






Yacimiento arqueológico Cabezo de Altomira.
Paridera de la Royuela.
Paridera de los Pedregales.
Caseta El Espartal
Paridera de la Mónica.

El promotor, considera que el impacto del proyecto sobre el patrimonio cultural será
compatible y, con la aplicación de las medidas preventivas que propone, tanto
específicas para cada elemento identificado, como las generales de balizamiento y
control y seguimiento durante la construcción, el impacto residual será nulo.

El municipio más cercano al parque eólico y su infraestructura de evacuación es
Alfamén, situado a 3,5 km, al oeste.
El EsIA valora el impacto potencial sobre la población como compatible, durante la
construcción (por la escasa magnitud de las obras y a la temporalidad de las mismas) y
moderado durante la explotación, debido, en ambos casos, a la lejanía del municipio más
cercano. Durante la explotación, las operaciones de mantenimiento del parque eólico
suponen el tránsito de maquinaria y vehículos de la zona, con el consiguiente incremento
de niveles sonoros de la zona. No obstante, dichas labores se llevan a cabo de forma
esporádica y el tránsito de maquinarias será muy bajo. En cuanto al impacto sonoro del
parque eólico, el promotor se concluye que no se esperan molestias significativas,
siendo el impacto compatible.
Cabe destacar que el parque eólico produce contaminación lumínica debido al
balizamiento aeronáutico. Sin embargo, según el promotor, se trata de una molestia
inevitable, ya que la normativa vigente obliga a su iluminación por motivos de seguridad
para la navegación aérea.
La Dirección General de Salud Pública del Gobierno de Aragón, en su informe de 29
de junio de 2022, advierte de la necesidad de que el promotor aporte la documentación
preceptiva según la legislación vigente relativa a la calidad de las aguas destinadas al
consumo humano.
En cuanto a la Dirección General de Interior y Protección Civil del Gobierno de
Aragón, en su informe de 21 de junio de 2022, da su conformidad a la instalación del
proyecto, ya que considera que no se aprecian efectos significativos del proyecto en lo
que respecta a cuestiones de protección civil.
Por su parte, la Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno de
Aragón en su informe de 17 de junio de 2022 considera que, en lo referente a
planeamiento urbanístico, el promotor deberá ajustarse a lo dispuesto en la figura de
planeamiento de cada uno de los municipios, así como al Texto Refundido de la Ley de
Urbanismo de Aragón, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del
Gobierno de Aragón. Además, la citada Dirección General considera que el promotor
debería profundizar en el análisis del impacto de este tipo de proyectos sobre las
actividades económicas que se desarrollan en las zonas de implantación y en las

cve: BOE-A-2023-25102
Verificable en https://www.boe.es

Población y Salud.