III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-25102)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque eólico "Tages" de 42 MW, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294

Sábado 9 de diciembre de 2023

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repercusiones reales sobre la población local y comarcal. A todo ello, el promotor
responde que este aspecto ha sido contemplado y valorado en el EsIA.
Impactos acumulativos y sinérgicos.

c.

Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto.

Según el EsIA, en relación al riesgo de incendios forestales, la mayor parte de la
superficie de la poligonal del parque eólico, así como el trazado de la línea de
evacuación se engloban en zonas tipo 7 (peligro bajo-medio), estando los
aerogeneradores sobre áreas cubiertas por campos agrícolas de herbáceas, catalogadas
como riesgo bajo de incendios. Existen también algunas áreas clasificadas como tipo 5
de peligrosidad, que corresponden con los ribazos entre campos y taludes, donde se
desarrollan formaciones de herbazales o matorral ralo y disperso. Asimismo, no existe

cve: BOE-A-2023-25102
Verificable en https://www.boe.es

El promotor considera, que, con respecto al medio atmosférico, el proyecto no
supondría impactos sinérgicos. No obstante, en relación a la contaminación acústica y ya
que no hay un núcleo poblacional que esté sometido a una presión sonora mucho mayor
a la de la instalación del parque eólico, considera el impacto compatible.
Con respecto a la vegetación, el promotor considera que la mayoría de los parques
eólicos existentes o proyectados en la zona afectan mayoritariamente a superficies
agrícolas. Es por ello que, dado a que las superficies de vegetación natural resultan
escasas en general y suponen un porcentaje pequeño de la ocupación de las
infraestructuras, las cuales se instalan preferiblemente en de campos de cultivo, el
promotor concluye que el efecto conjunto de las instalaciones a la vegetación es un
impacto sinérgico compatible.
En relación a la avifauna, según la adenda al EsIA, el efecto sinérgico sobre el
hábitat es moderado, debido a que se produce la transformación de una zona amplia de
agroecosistemas con parches de matorral-pastizal, que constituyen los hábitats de
numerosas especies de aves de tipo estepario. Es por ello que, muchas especies
sufrirán el efecto de la reducción de la superficie de su hábitat; debido a esto, el efecto
sinérgico por la pérdida de hábitat se considera moderado. De igual manera, el efecto
sinérgico por la fragmentación del hábitat y el efecto barrera es moderado, puesto que la
implantación de los aerogeneradores supone la fragmentación de hábitats de muchas
especies de aves esteparias produciendo un efecto barrera en sus áreas de campeo. Por
otro lado, el efecto sinérgico sobre la mortalidad por colisión de la avifauna con los
aerogeneradores es severo. En conclusión, se considera que el impacto sobre la fauna
por los efectos sinérgicos es severo. Es por ello que el promotor propone una serie de
medidas preventivas y compensatorias para reducir este impacto, como son: el pintado
de las palas de los aerogeneradores con colores de alta visibilidad, el empleo de
elementos sonoros de disuasión y dispositivos de parada, con las que el impacto residual
pasa a ser moderado.
El INAGA en su primer informe, considera que las afecciones sobre la avifauna se
incrementan, al sumar estos a otros proyectos de la zona, las cuales tienen un efecto
acumulativo y sinérgico severo. Asimismo, afirma que no se ha realizado una proyección
de los efectos sinérgicos y acumulativos a las zonas en las que se prevé que pueda
desplazarse la avifauna afectada por los proyectos, o si la capacidad de carga es
suficiente para la compatibilidad del desarrollo de los parques pueden asegurar la
supervivencia de las especies.
En relación al paisaje, el efecto sinérgico se considera moderado, ya que la
implantación proyectada se encuentra en una zona con una elevada concentración de
aerogeneradores.
Según la Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno de Aragón,
existe un solapamiento entre el PE Tages y las poligonales proyectadas para los PPEE
Contrebías II y Contrebías III. En su respuesta, el promotor manifiesta que dicho
solapamiento no supone una limitación para el avance administrativo del expediente.