III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-25063)
Resolución de 24 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Energía Inagotable de Escudo, SL, autorización administrativa previa para el parque eólico Escudo, de 35 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Almúdevar, Gurrea de Gállego y Laluenga (Huesca), Leciñena (Zaragoza) e Isona i Conca Dellà (Lleida).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 8 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 163362

Se recibe informe de la Dirección General de Energía de la Generalitat de Catalunya,
alegando al expediente y en el que se manifiesta en contra del desarrollo del proyecto,
considerando, entre otros motivos de disconformidad, que se opone a la acumulación de
la tramitación de varios proyectos en un solo expediente, la nulidad de la tramitación de
la infraestructura de evacuación porque según alega, no responden a las características
de líneas de evacuación sino de transporte y como tales no pueden ser promovidas por
el propio titular de las instalaciones de producción, y el informe desfavorable sobre la
línea eléctrica a 400 kV Peñalba-Arnero-Isona, que tiene un trazado sensiblemente
coincidente con el planteado en el expediente. Se ha dado traslado al promotor de dicha
contestación, argumentando su postura en la respuesta. La respuesta del promotor es
traslada al organismo. No se ha recibido respuesta del organismo a esta última
contestación del promotor, por lo que se entiende la conformidad de este en virtud de lo
dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Preguntados el Consejo de Ordenación de Territorio en Aragón (COTA), la Agencia
Estatal de Seguridad Aérea, el Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza, la
Comarca Central, la Diputación Provincial de Huesca (Vías y Obras), los Ayuntamientos
de Almudévar, Pertusa y Tardienta, las Comarcas de la Hoya de Huesca, de los
Monegros, del Somontano de Barbastro y de Riegos del Alto Aragón, el Consell
Comarcall de Pallars Jussà, los Servicios Técnicos y de Infraestructura Viaria de la
Diputación Provincial de Lleida, los Servicios Territoriales de Territorio y Sostenibilidad y
de Empresa y Conocimiento de Lleida, la Unió de Pagesos, a los Servicios Territoriales y
de Sostenibilidad del Alto Pirineo y Arán, la Dirección General de Aviación Civil del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, GERR Grupo Energético XXI,
S.A, el Departamento de Política Territorial y de Obras Publicas de la Generalitat de
Catalunya, Endesa SA, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se
entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del
referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 7 de febrero de 2022 en el «Boletín
Oficial del Estado», el 4 de febrero de 2022 en el Boletín Oficial de la Provincia de
Huesca, el 17 de marzo de 2022 en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza y el 7
de febrero de 2021 en el Boletín Oficial de la Provincia de Lleida. Además, se publicó en
el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Sangarrén, del Ayuntamiento de Barbués, del
Ayuntamiento de Torres de Barbués, del Ayuntamiento de Torralba de Aragón, del
Ayuntamiento de Leciñena y del Ayuntamiento de Isona I Conca Della. Se recibieron
alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Entre dichas alegaciones se pueden destacar las realizadas por un conjunto de
particulares, con puntos comunes que expresan el rechazo al proyecto y han sido
firmados por el conjunto de los alegantes. En total se reciben 19 alegaciones de
particulares. Dichas alegaciones son remitidas al promotor, el cual da contestación a las
mismas.
Se recibe alegación de la Comunidad de Regantes Gurrea de Gállego en la que
ponen de manifiesto que existe afecciones a algunas parcelas situadas en los
polígonos 15 y 16 de Gurrea de Gállego, propiedad de la Comunidad de Regantes. Se
da traslado al promotor. En su respuesta, el promotor manifiesta que se pondrá de nuevo
en contacto con la asociación una vez avanzada la tramitación del expediente que
incluye los parques eólicos Escudo, Hadar, Fornax y Superelipse. De esta manera, el
promotor expondrá las afecciones producidas en sus parcelas y buscará, en la medida
de lo posible, un acuerdo beneficioso para ambas partes.
Se reciben alegaciones de la Comunidad de Regantes de Santa Ana y de
Ecologistas en Acción. Las cuales han sido contestadas por el promotor.
Se recibe alegación del conjunto de sociedades VF Renovables 17, SLU (Proyecto
Filera I); VF Renovables 18, SLU (Filera II); Acersolar Energía, SLU (Filera III); Covasolar
Instalaciones, SLU (Filera IV) y de Global Activos Fotovoltaicos, SLU (Filera V), en donde

cve: BOE-A-2023-25063
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Núm. 293