III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-25062)
Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Borrasca de 84 MW, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Foz, Mondoñedo, Lourenzá, Cervo y Xove (Lugo)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 8 de diciembre de 2023

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afección al dominio público hidráulico, deberán contemplarse las directrices y
prescripciones técnicas incluidas en el informe y en la documentación de proyecto, que
quedan recogidas en el condicionado de la presente Resolución.
Por otro lado, en materia de calidad de agua, la Dirección General de Salud Pública
de la Consejería de Sanidad de la Xunta de Galicia en su informe señala que en el EsIA
no se evalúan las captaciones de abastecimiento de agua de consumo sometidos a
vigilancia sanitaria en el entorno del proyecto ni los posibles impactos sobre estas,
cuestión que se refleja en el condicionado de la presente Resolución.
Las alegaciones de Ecoloxistas en Acción Lugo y de la Asociación Ambiental e
Cultural Petón do Lobo consideran que el proyecto genera un afección severa y
perjuicios significativos para los recursos hídricos, a causa de los cruzamientos de la
línea de evacuación y de las infraestructuras del parque eólico.
El promotor indica en su respuesta que, en referencia al parque eólico, la zona en la
que ubican los aerogeneradores, la subestación, la zona de campamento de obra,
maquinaria y acopios y los viales nuevos con su zanja de cableado asociada no se
localiza ningún curso fluvial y por lo tanto no se produce ningún cruzamiento de estas
estructuras con la red hidrográfica. En cuanto a la infraestructura de evacuación, al
tratarse de una línea aérea no producirá afección directa sobre los cursos fluviales ya
que los apoyos se ubicarán a una distancia suficiente de los cauces, aunque algunos
apoyos y sus accesos quedarían dentro de la zona de policía de cauces. Respecto a las
zanjas de cableado, cuyos trazados producen varios cruzamientos con cauces, el
promotor detalla la metodología para salvar dichos cauces.
– Calidad atmosférica, población y salud humana.
De acuerdo con el promotor, la implantación del PE y el resto de infraestructuras
asociadas, trae consigo una serie de impactos sobre la calidad atmosférica en las
diferentes fases del proyecto. Durante la fase de construcción, según el EsIA se
producirán impactos temporales como la contaminación del aire por emisiones de
partículas durante los movimientos de tierras para la creación y acondicionamiento de
viales, excavaciones para las cimentaciones de los aerogeneradores y los apoyos, las
zanjas, etc. Por otro lado, dichas actuaciones supondrán una serie de emisiones de
gases de combustión generadas por los vehículos y la maquinaria utilizada. El promotor
señala que a este respecto que no será necesario llevar a cabo un volumen de obra
elevado, al utilizarse la importante red de caminos existentes y ubicarse las plataformas
en terrenos de suaves pendientes, que reducirán los movimientos de tierras necesarios.
Para minimizar las afecciones a la calidad del aire y la salud de los habitantes,
generadas por la emisión de partículas y por los gases de combustión, el promotor
relaciona una serie de medidas correctoras tales como: riego de pistas y zonas de obra
para evitar la dispersión de polvo; la cobertura de cargas y limpieza de camiones; la
correcta revisión y mantenimiento de vehículos y maquinaria empleada; o el
cumplimiento de la legislación vigente en materia de emisión de humos y gases.
Asimismo, el promotor indica que las actuaciones de construcción como los
movimientos de tierra y las tareas de tala y desbroce, también traerán consigo otro
impacto como es la generación de ruido. Conforme se indica en el EsIA, algunos trabajos
de ejecución de accesos al PE estarían a al menos 100 m de distancia de viviendas,
como sería el caso de Madroi, O Chao, y O Furco, donde el nivel sonoro podría llegar
a 69,4 dB. Según el promotor, de acuerdo con los cálculos realizados, los niveles de
ruido en los núcleos de población más próximos en fase de obra entrarían dentro de los
máximos admitidos. Con respecto a las obras de ejecución de la línea eléctrica, el
promotor señala que el nivel de emisiones sonoras que se puede llegar a alcanzar sería
muy similar.
Por otro lado, el promotor señala que durante la explotación del PE también se
producirán emisiones de ruidos por el funcionamiento de los aerogeneradores, por el
tráfico de vehículos de mantenimiento y por el efecto corona en las cercanías de la
evacuación. El EsIA se acompaña de un anexo de estudio de impacto acústico para

cve: BOE-A-2023-25062
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