III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-25060)
Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica la tercera Adenda al Convenio con la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA, en relación con las obras de modernización y consolidación de regadíos, y declaradas de interés general.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Viernes 8 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 163322

mediante Adendas de 28 de julio de 2022 y 19 de julio de 2023, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto de la Adenda.

El objeto de la presente Adenda es fijar las condiciones de financiación para aquellas
obras de modernización de regadíos cofinanciadas por el FEADER en el marco del Plan
Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027 de España (PEPAC), el encargo a
SEIASA de nuevas obras programadas por el MAPA para su ejecución, así como de las
reparaciones necesarias en obras ya ejecutadas por la Sociedad, la autorización de una
nueva ampliación de capital que permita la ejecución de las citadas nuevas obras y
reparaciones, y la modificación de la cláusula cuarta y de los anexos I y IV del convenio,
con el fin de actualizarlos atendiendo a su situación.
Segunda.

Régimen de actuación con fondos provenientes del PEPAC.

«A.3 Fondos provenientes del Fondo Europeo Agrario de Desarrollo Rural
(FEADER) en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027
de España (PEPAC).
Las actuaciones encomendadas por el MAPA a SEIASA que no reciban
financiación del FEADER en el marco de un Programa de Desarrollo Rural
regional ni del Programa Nacional de Desarrollo Rural, podrán acceder a la
financiación del FEADER en el marco de la Intervención 6843.1 Ayudas a
inversiones en infraestructuras de regadíos con objetivos ambientales (NO SIGC)
del PEPAC en base al Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación
con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros
en el marco de la política agrícola común.
De acuerdo con el párrafo segundo del artículo 79.1 del Reglamento (UE)
2021/2115, se considera que una actuación es susceptible de recibir
cofinanciación del FEADER cuando la autoridad competente emita el
correspondiente "Informe Motivado de Elegibilidad" donde certifique que la
actuación cumple todas las condiciones de admisibilidad fijadas por el PEPAC.
El PEPAC ha fijado para la Intervención 6843.1 una tasa de cofinanciación
del 43 % a aplicar sobre el gasto público subvencionable de la actuación.
En el caso de que SEIASA sea beneficiaria del FEADER en el marco de la
Intervención 6843.1 del PEPAC, deberá asumir la totalidad del gasto público nacional,
percibiendo por ello el retorno del FEADER que le corresponde al aplicar la tasa de
cofinanciación del 43 % sobre el gasto público subvencionable de la actuación.
A efectos del cómputo del gasto público subvencionable cofinanciado por el
FEADER, la aportación de los regantes se considerará gasto público no elegible
(no subvencionable). Por tanto, para calcular el gasto público de una actuación
cofinanciada por el FEADER en el marco de la Intervención 6843.1 del PEPAC se
deberá descontar del importe total de la actuación tanto la aportación de la
comunidad de regantes en concepto de tarifa de amortización anticipada, como la
aportación diferida de los regantes en concepto de tarifa de amortización de las
obras, en la forma que se establezca en los convenios que se suscriban entre
SEIASA y cada comunidad de regantes. Esta aportación diferida de los regantes
se calculará a una tasa de actualización del 4 %.
Los convenios reguladores para la financiación, construcción y explotación de las
obras de modernización de regadíos que suscriba SEIASA con las comunidades de

cve: BOE-A-2023-25060
Verificable en https://www.boe.es

Se modifica el apartado A3 de la cláusula segunda del convenio, quedando
redactado en los términos que se indican: