I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Estadística. (BOE-A-2023-25011)
Ley 10/2023, de 9 de noviembre, del Plan Vasco de Estadística 2023-2026 y de tercera modificación de la Ley de Estadística de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Viernes 8 de diciembre de 2023

Sec. I. Pág. 163053

necesarias concreciones a cada operación. Además, tal y como prescribe el artículo 17
del Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista
contra las Mujeres, cuando se refiere a la adecuación de las estadísticas y los estudios,
la Organización Estadística de la Comunidad Autónoma de Euskadi incluirá
sistemáticamente la variable sexo en las operaciones estadísticas que se lleven a cabo
dentro del Plan Vasco de Estadística, e integrará la perspectiva de género en todas las
fases de la operación estadística.
Por ello, el anexo IV no solo se limita a enumerar las operaciones, sino que expone,
para cada una de ellas, las siguientes características:
a) Los objetivos genéricos, que alcanzan su desarrollo en los programas
estadísticos anuales.
b) El organismo responsable, con incidencia en la competencia a que se refiere el
capítulo III del título II de la Ley 4/1986, de 23 de abril, de Estadística de la Comunidad
Autónoma de Euskadi, que únicamente se atribuye en el marco de los órganos y entes
de la Organización Estadística de la Comunidad Autónoma de Euskadi previstos en el
artículo 26 de la propia ley.
c) Otros organismos participantes, teniendo en cuenta que existe la posibilidad de
coparticipación bien a lo largo de toda una operación, bien mediante la participación en
algunas de las fases de que consta.
d) Área temática. Se trata de delimitar el campo genérico de actividad sobre el que
recae la investigación. Las áreas temáticas son las siguientes:
Demografía y hábitos sociales.
Lenguas.
Sanidad y salud.
Educación.
Mercado de trabajo y costes laborales.
Protección social y servicios sociales.
Cultura, ocio y deportes.
Justicia y seguridad.
Medio ambiente.
Sector primario.
Industria y energía.
Construcción y vivienda.
Sector servicios.
Comercio y servicios del automóvil.
Administración pública.
Finanzas y seguros.
Cuentas económicas.
Precios.
Economía social.
Infraestructura estadística.
Desarrollo estadístico.
Sociedad de la información e I+D+i.
Otros.

e) Situación. Se trata de saber si la operación estadística está abordada, porque se
ha venido realizando sucesivamente, o está en su primera experiencia.
f) Periodicidad de la difusión. Se trata de informar a la ciudadanía sobre la
frecuencia con que se va a disponer de los resultados, con independencia de la
periodicidad con que se trabaja.
g) Clase de operación. Se informa sobre la naturaleza de las estadísticas,
particularmente si lleva implícita una recogida expresa de información (directorio, censo,
encuesta por muestreo), si se trata de añadir valor a otras informaciones existentes de

cve: BOE-A-2023-25011
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