III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2023-24963)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en materia de intercambio de información.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292

Jueves 7 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 162664

Séptima. Intercambio de información de carácter periódico.
1. Para el cumplimiento de las finalidades descritas en la cláusula segunda se
establecen los siguientes intercambios de información, que deberán realizarse con la
periodicidad y fechas límites que se detallan a continuación:
A)

Suministros de información de la Agencia Tributaria al MAPA:

B) Suministros de información del MAPA a la Agencia Tributaria: información
recogida en las solicitudes de la PAC y en el SIEX, o en las bases de datos del Sistema
Integrado de Gestión y Control establecido en el título II del Real Decreto 1047/2022. En
concreto:
1. Información gráfica y alfanumérica relativa a las solicitudes de ayuda de la PAC y
aquella inherente al SIEX, de trascendencia catastral: entre otra, los cultivos declarados
en los recintos SIGPAC presentes en dichas solicitudes, y los distintos usos, clases de
cultivos y aprovechamientos recogidos en los registros autonómicos de explotaciones
agrarias coordinados por el SIEX.

cve: BOE-A-2023-24963
Verificable en https://www.boe.es

1. Para el control de las ayudas de la PAC en lo que se refiere a la comprobación
del requisito de agricultor activo establecido en los artículos 5.2.b), 5.4, 5.5 y 6 del Real
Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las
intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en
el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la
solicitud única del sistema integrado de gestión y control, así como para la
cumplimentación del Registro de Explotaciones Autonómico en relación con el nuevo
Sistema de Información de Explotaciones agrícolas, ganaderas y de la producción
agraria (SIEX), y para el control de cualquier ayuda o subvención en el ámbito del MAPA:
información disponible del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto
sobre Sociedades y de Entidades en régimen de atribución de rentas contenida en los
suministros estandarizados. El FEGA aportará el resultado del control coordinado del
cumplimiento del requisito de agricultor activo a los órganos competentes de la gestión
de las ayudas sujetas a este requisito, sin facilitar el detalle de los datos utilizados
obtenidos de la Agencia Tributaria. La información tributaria necesaria para la
cumplimentación del Registro de Explotaciones Autonómico en relación con el SIEX se
enviará anualmente, previa solicitud del MAPA a través del FEGA, en la que figurará la
relación de solicitantes para los que se solicita la información.
2. Para la lucha contra el fraude y el conflicto de intereses en el ámbito de las
ayudas de la PAC y otras subvenciones gestionadas por el MAPA: información disponible
relativa a la identificación y composición de los grupos fiscales que tributen en el
Impuesto sobre Sociedades a los que pertenecen los beneficiarios de las mismas.
3. Para la gestión de las convocatorias de ayudas o subvenciones, o contratación:
información de estar al corriente, nivel de renta, Impuesto sobre Actividades Económicas
y datos identificativos.
4. Para fines estadísticos y de evaluación de las políticas que afectan al sector
agrario, alimentario y pesquero: información estadística sobre el Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades, Impuesto sobre el Valor Añadido,
Impuestos Especiales, comercio exterior o cualquier otro que pueda ser de interés en el
sector agroalimentario.
En relación con la información estadística de comercio exterior de la Agencia
Tributaria, esta será remitida al MAPA de forma electrónica mientras se desarrolla una
solución automática de traslado de la información.
Asimismo, la Agencia Tributaria, previa remisión por el MAPA de las identificaciones
con las clasificaciones que precise, cederá a éste los datos de salarios pagados en el
sector agrario y pesquero y otra información tributaria que resulte necesaria para la
realización de las operaciones estadísticas asignadas al MAPA en el Plan Estadístico
Nacional.