III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-24985)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques eólicos Tacio, Sumanus, Suadela, Soranus y Silver de 30 MW cada uno, y su hibridación con sus respectivas plantas fotovoltaicas, en la provincia de Zaragoza".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 7 de diciembre de 2023

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tres primeros años de explotación. A partir de ese momento, la periodicidad de los
citados informes será anual durante toda la vida útil del proyecto.
Asimismo, el PVA deberá actualizar el plan de restauración de cada uno de los
proyectos en función del desarrollo de las obras.
Durante las fases de obras y funcionamiento, se realizará el seguimiento de los
niveles de ruido en los receptores potenciales, para verificar el cumplimiento de la
calidad acústica establecida. En el supuesto de detectarse valores por encima de los
establecidos en la normativa de ruido, se establecerán medidas adicionales, entre ellas,
la limitación de la velocidad de los aerogeneradores, e incluso la parada.
Durante las fases de obra y explotación se realizará un seguimiento de los riesgos de
deslizamiento del terreno. Si fueran detectados algún tipo de movimiento, se estudiarán
las causas y se definirán y ejecutarán las medidas oportunas. El seguimiento alcanzará a
la aparición de fenómenos de erosión en suelos removidos por las obras, así como la
efectividad de la restauración geomorfológica y vegetal realizada de toda la superficie de
ocupación temporal.
Previa a la fase de obras, y durante la misma, el promotor realizará un seguimiento
de la calidad de las masas de agua dentro de las poligonales del proyecto y zonas
próximas a las mismas (en un radio de 5 km), incluyendo el trazado de la línea de
evacuación. Si se produjesen cambios respecto de las condiciones físico-químicas
preoperacionales, se aplicarán medidas correctoras de inmediato, informando a la
Confederación Hidrográfica del Ebro. En la fase de construcción se realizará un control
mensual de la presencia de materiales susceptible de ser arrastrados. Si se detectasen
riesgos significativos de contaminación de agua en los arroyos, charcas y lagunas, se
realizará un control quincenal del parámetro de calidad del agua con riesgo de
incumplimiento.
Durante los cinco primeros años de funcionamiento, se realizarán controles anuales
de evolución de las superficies de compensación de los HIC, así como el éxito de las
labores de restauración. El PVA concretará la frecuencia de los controles posteriores, al
menos uno cada cinco años, que se extenderán hasta que quede asegurada la
consolidación de las formaciones vegetales implantadas.
Durante los cinco primeros años de funcionamiento de las instalaciones, se realizará
un seguimiento específico de la permeabilidad del vallado perimetral de las plantas
fotovoltaicas en pequeños mamíferos.
Durante los cinco primeros años de funcionamiento de las instalaciones, se
realizarán trabajos de campo y prospecciones, con la finalidad de caracterizar las
poblaciones y su uso del espacio (en especial, del tránsito de aves por los
aerogeneradores y los pasos entre ellos). Los trabajos de campo, prospecciones
etcétera, tendrán una frecuencia mensual, que se deberá reforzar a bimensualmente en
épocas de reproducción y migración. Con carácter previo al inicio de las obras, el plan de
seguimiento será presentado ante el órgano competente en la comunidad autónoma
para su conocimiento. Durante los tres primeros años y con una periodicidad
cuatrimestral, se presentará ante el órgano competente de la comunidad autonómica un
informe sobre el seguimiento de las poblaciones y el uso del espacio. Los dos años
restantes, la periodicidad de los informes será anual.
A partir del sexto año de funcionamiento, la periodicidad del seguimiento podrá
disminuir, con la realización, al menos, de una campaña anual cada cinco años, en
función de los resultados obtenidos en los años anteriores sobre la eficacia de las
medidas de mitigación aplicadas. En cada campaña anual, se comparará si el proyecto
origina un descenso de la riqueza de especies y de la abundancia de ejemplares de cada
una, así como de modificaciones en su comportamiento y uso del espacio en el ámbito
de estudio respecto a la situación preoperacional. El seguimiento tendrá como objetivo,
orientar la necesidad de aplicar medidas mitigadoras adicionales más efectivas y
medidas compensatorias del impacto residual. Para cada una de las campañas se
elaborará su informe correspondiente, que se trasladará a los órganos competentes.

cve: BOE-A-2023-24985
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Núm. 292