III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-24897)
Resolución de 24 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques fotovoltaicos Tara y Umiko y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Zaragoza, Navarra, La Rioja, Álava y Burgos".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Miércoles 6 de diciembre de 2023

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bloques de PFV Umiko, pudiendo ser afectada en la fase de construcción. El INAGA
indica que se deberán solicitar las correspondientes autorizaciones conforme a la
legislación vigente.
Efectos acumulativos y sinergias.
El promotor aporta un análisis de efectos sinérgicos y acumulativos y, a solicitud de
la Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno de Aragón, se amplía
dicho estudio teniendo en cuenta los usos del suelo, la fauna y el paisaje, estableciendo
un radio de acción de 10 km.
Respecto al entorno de las plantas solares, Tara y Umiko, en el estudio presentado
en el EsIA, y tomando un radio de 5 km, el estudio concluye que no son significativos los
efectos sinérgicos en referencia a los usos del suelo, niveles de ruido, ni eliminación de
hábitat para la fauna, alteración de su comportamiento ni eliminación de ejemplares.
Considera efectos sinérgicos por aumento de efecto barrera y por intrusión visual del
proyecto en el paisaje.
En el estudio posterior presentado, se amplía el análisis a un radio de 10 km. Como
resultado consideran que, tras realizar el nuevo análisis de efectos acumulativos y
sinérgicos, no se obtiene conclusión alguna que modifique lo recogido en el EsIA.
Esta Dirección General considera en la evaluación de este y otros proyectos del
entorno, los efectos acumulativos y sinérgicos sobre el medio, realizando una valoración
global de los mismos, aspecto que se ha tenido en cuenta en ésta y en las resoluciones
correspondientes a los distintos proyectos, así como en su condicionado, haciendo uso
de los datos de los que dispone. Por ello, se considera necesario reducir la superficie de
implantación para evitar la afección al hábitat de especies esteparias y permitir la
creación de pasillos para disminuir la fragmentación del mismo de acuerdo a lo señalado
en el apartado «e. Valoración del órgano ambiental sobre la propuesta definitiva del
promotor», de la presente resolución.
b.2

Infraestructura de evacuación.

Por Comunidades Autónomas, los apoyos de la línea de evacuación se distribuyen
de la siguiente manera:
Tramo

Apoyos

Aragón.

1 al 108

Navarra.

109 al 198

La Rioja.

199 al 448

País Vasco.
Castilla y León.

449 al 538 (excepto los de Castilla y león)
496 al 515

La fase de construcción supondrá el aumento del polvo y los gases de combustión.
La afección dependerá en gran medida de la proximidad a los núcleos de población,
polígonos industriales y zonas residenciales donde se deberán aplicar medidas de
reducción de la afección. Desde la Subdirección de Salud Pública y adicciones de Álava,
debido a la proximidad de la línea de evacuación a la población de Ariñez (a 140 m),
consideran que se deben aplicar medidas específicas de mitigación de ruido y emisión
de polvo. El promotor establece en el EsIA medidas preventivas y correctoras durante los
trabajos, entre ellas la humidificación de los terrenos para evitar el polvo en suspensión.
Durante la fase de funcionamiento, el EsIA identifica el impacto sonoro debido a los
transformadores de las subestaciones (SET). Se trata de un ruido que oscila entre
los 70-80 dB(A) y que no se percibe a unos 300 m de la fuente, según ensayos referidos

cve: BOE-A-2023-24897
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Atmósfera.