III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-24896)
Resolución de 22 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico "BCN Solar 1", de 115,12 MW, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Tarragona y Lleida».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Miércoles 6 de diciembre de 2023

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adecuada para que el agua sea evacuada hacia la balsa de sedimentación, donde se
recogerán las aguas residuales del lavado, los sedimentos generados y los aceites y
grasas que pudieran ser arrastrados. Es importante que la balsa esté perfectamente
vallada con un cerramiento rígido para evitar accidentes de personas o animales.
(54) Se procurará que las excavaciones no afecten a los niveles freáticos, así como
también se debe tener cuidado con no afectar a la zona de recarga de acuíferos.
(55) En el paso de todos los cursos de agua y vaguadas por los caminos y viales
que puedan verse afectados, se deberán respetar sus capacidades hidráulicas y no se
llevará a cabo ninguna actuación que pueda afectar negativamente a la calidad de las
aguas. Se debe tratar, dentro de lo posible, de no distorsionar los flujos naturales del
agua y elementos clave del ciclo hidrológico como la escorrentía y la infiltración. Por otra
parte, ante un panorama de cada vez mayor escasez del recurso hídrico, se recomienda
incluir un apartado específico sobre el uso del agua durante el mantenimiento de las
instalaciones en el que se garantice su uso eficiente tratando de reducir su consumo
neto.
(56) Una vez terminadas las obras, los lodos procedentes de la balsa de
sedimentación o el material de absorción de los derrames de aceites y combustibles se
gestionarán conforme a la legislación vigente acerca de residuos peligrosos, y tanto la
balsa de sedimentación, como el lavadero o como la zona de cambio de aceite deberán
ser desmantelados. Además, todos los residuos producidos en la obra serán clasificados
y segregados en su origen. Los residuos peligrosos serán tratados según indique la
legislación y se contactará con un gestor autorizado de residuos por la Comunidad
Autónoma que se encargará de su tratamiento y gestión.
(57) El suelo de la zona de almacenamiento se recomienda que esté
impermeabilizado para evitar riesgos de infiltración y contaminación de aguas
superficiales y subterráneas, asegurando que se eviten pérdidas por desbordamiento.
(58) Se recomienda la construcción de un foso de recogida de aceite bajo los
transformadores ubicados en las SE. Dicho foso estará dimensionado para albergar todo
el aceite en caso de derrame del mismo, y deberá estar impermeabilizado para evitar
riesgos de filtración y contaminación de aguas superficiales y subterráneas.
(59) En relación a los residuos, se puede habilitar un «punto verde» en la instalación,
en el que albergar los residuos antes de su recogida por parte de un gestor autorizado. Las
superficies sobre las que se dispongan los residuos serán totalmente impermeables para
evitar afección a las aguas subterráneas. Al respecto de los posibles residuos líquidos
peligrosos que se generen con motivo de la actuación, se adoptarán las medidas
adecuadas para evitar la contaminación del agua, estableciendo áreas específicas
acondicionadas, delimitadas e impermeables para las actividades que puedan causar más
riesgo, como puede ser el cambio de aceite de la maquinaria o vehículos empleados.

(60) Se realizará una pantalla vegetal que sirva para preservar el medio perceptual,
a la vez que constituya un corredor natural y zona de refugio para la fauna y contribuya a
reducir el riesgo de colisión de aves contra el vallado. Esta pantalla tendrá integrará la
vegetación natural existente, en caso de que se presente.
La disposición de las especies se realizará a rodales espaciados (naturalizados) y
tendrá una anchura suficiente. Las especies a utilizar deben ser autóctonas y tener en
cuenta las existentes en la zona de actuación y la mejor adaptación al cambio climático
de éstas. En ningún caso, se deben plantar especies exóticas.
Se realizará un mantenimiento adecuado de estas plantaciones que incluya riego, en
caso necesario. En las zonas de mayor visibilidad, se valorará la idoneidad de utilizar
especies arbóreas y/o arbustivas que lleguen aproximadamente a 2 m de altura.
Se deberá presentar un proyecto específico que contemple estas medidas, donde se
especifiquen las características de la pantalla vegetal que incluya las especies a utilizar,
el marco de plantación, el mantenimiento previsto y demás especificaciones, ante el
organismo autonómico para su conformidad.

cve: BOE-A-2023-24896
Verificable en https://www.boe.es

Paisaje: