III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-24910)
Resolución de 1 de diciembre de 2023, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad Complutense de Madrid y Telum Therapeutics, SL, para el desarrollo del proyecto "Desarrollo de enzibióticos para combatir infecciones humanas producidas por enterococcus faecium resistente a vancomicina [ANTI-VRE]".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Miércoles 6 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 162418

7.2.5 Los contratos suscritos con subcontratistas deberán respetar los términos del
presente Convenio, y, en especial, pero sin ánimo limitativo, lo previsto en materia de
atribución de titularidad de los Resultados.
8.

Derechos de explotación de los Resultados

8.1 La explotación de los Resultados corresponderá, en exclusiva, a su titular.
8.2 Si la explotación de los Resultados por una de las Partes requiere de una
licencia sobre los Conocimientos Previos de otra de las Partes, las Partes afectadas se
comprometen a negociar un contrato de licencia que, en cualquier caso, deberá ser en
condiciones de mercado.
8.3 En el caso de Resultados Conjuntos, cualquiera de las Partes cotitulares podrá
plantear a las otras Partes la adquisición de los derechos de uso y explotación comercial,
en exclusiva o no, de los mismos, para lo cual deberá comunicárselo por escrito a las
otras Partes para que, en su caso, puedan negociar el correspondiente acuerdo. En este
caso, el contrato de cotitularidad mencionado anteriormente será sustituido por un
contrato de cotitularidad y explotación de derechos, suscrito por todas las Partes
cotitulares.
8.4 Todas las Partes se comprometen a realizar el máximo esfuerzo para que los
Resultados lleguen al mercado lo antes posible, y se implementen para el beneficio de
los ciudadanos.
Publicaciones

9.1 Ninguna Parte podrá publicar los Resultados que sean titularidad de otra Parte.
9.2 Salvo que se disponga lo contrario en un acuerdo de cotitularidad, cuando una
de las Partes cotitulares desee utilizar Resultados Conjuntos, parciales o finales, en
parte o en su totalidad, que sean propiedad parcial de otra Parte, para su publicación
como artículo, conferencia, o cualquier otro formato, deberá solicitar la conformidad de la
Parte cotitular por escrito, mediante carta certificada, correo electrónico con confirmación
de entrega o por cualquier otro medio de comunicación fehaciente, dirigida al
responsable del Proyecto indicado en la cláusula segunda, acompañada de un borrador
de la publicación. La Parte copropietaria deberá responder en un plazo máximo de
treinta (30) días, comunicando su autorización, sus reservas o su disconformidad sobre
la información contenida en la publicación. Transcurrido dicho plazo sin obtener
respuesta, se entenderá que el silencio es la tácita denegación para su difusión.
9.3 En caso de disconformidad, la Parte disconforme deberá argumentar el efecto
negativo que la referida publicación tiene sobre la capacidad de protección y explotación
del Resultado Conjunto concreto, o de otro tipo, si lo tuviese. Las Partes deberán
alcanzar un acuerdo al respecto en el plazo máximo de treinta (30) días tras la
comunicación de respuesta anterior.
9.4 Con carácter previo a cualquier publicación, se tendrá en cuenta en todo caso
el efecto de la misma sobre la posible protección y explotación comercial del Resultado
Conjunto por cualquiera de las Partes cotitulares.
9.5 En las publicaciones se respetará siempre la mención a los autores
intelectuales del trabajo. En cualquiera de los casos de difusión de Resultados se hará
siempre referencia especial al Proyecto. No obstante, la utilización del nombre y/o el
logotipo de cualquiera de las Partes con fines publicitarios y/o comerciales, requerirá su
previa autorización expresa por escrito.
9.6 Asimismo, en la publicidad, la difusión y en cualquier Resultado o actuación
derivada del Proyecto deberá mencionarse a la Agencia Estatal de Investigación (AEI) de
la siguiente forma:
«El/la publicación/resultado/equipamiento/video/actividad/contrato/otros es parte del
proyecto CPP2021-009054, financiado por MCIN/AEI/10.13039/501100011033 y por la
Unión Europea-Next Generation EU/PRTR» siendo MCIN el acrónimo del Ministerio de

cve: BOE-A-2023-24910
Verificable en https://www.boe.es

9.