I. Disposiciones generales. MINISTERIO DEL INTERIOR. Escuelas particulares de conductores. Conductores. (BOE-A-2023-24843)
Real Decreto 1010/2023, de 5 de diciembre, por el que se modifican el Reglamento regulador de las escuelas particulares de conductores, aprobado por el Real Decreto 1295/2003, de 17 de octubre; y el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Miércoles 6 de diciembre de 2023

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circulación en vías abiertas al tráfico general. En casos excepcionales
debidamente justificados, la Jefatura Provincial de Tráfico podrá autorizar la
celebración de todas o algunas de ellas en la misma fecha.
4. En el supuesto previsto en el artículo 38.1 y, en su caso, en el apartado 4,
quien haya realizado con aprovechamiento el curso de sensibilización y
reeducación vial, contará con tres convocatorias para superar la prueba de control
de conocimientos sobre las materias descritas en la normativa reguladora de los
cursos de sensibilización y reeducación vial.
Para poder presentarse nuevamente a la prueba, deberá realizarse un ciclo
formativo de cuatro horas de duración. El ciclo formativo versará sobre las mismas
materias que dicho curso y, para acreditar su superación, se expedirá por el centro
una certificación que se presentará por el interesado como requisito previo para
poder realizar la prueba.
Agotadas las tres convocatorias sin haber superado la prueba de control de
conocimientos sobre las materias descritas en la citada normativa reguladora de
los cursos de sensibilización y reeducación vial, para obtener una nueva
autorización administrativa para conducir, deberá realizar un nuevo curso y
superar la citada prueba de control de conocimientos sobre dichas materias.»
Tres.

Se incorpora un anexo IX, con la siguiente redacción:
«ANEXO IX

Procedimiento para la organización y regulación de las pruebas de control
de aptitudes y comportamientos en las pruebas de circulación en vías
abiertas al tráfico en general por las Jefaturas Provinciales de Tráfico

1. Determinación de la capacidad de examen o posibilidades de servicio: La
capacidad de examen de la Jefatura Provincial de Tráfico vendrá marcada, por el
número de examinadores efectivos con los que cuenta cada día, y el número de
pruebas de control de aptitudes y comportamientos para la obtención de permisos
de conducción que realiza un examinador por jornada. En consonancia con lo
anterior, el número máximo de alumnos que puede acompañar un mismo profesor
a examen por jornada ordinaria, coincidirá con el número de pruebas que puede
realizar un examinador por jornada.
Cada Jefatura Provincial de Tráfico, fijará la capacidad de examen para el ciclo
en función de los efectivos disponibles, esto es, el número de pruebas de
circulación que puede evaluar en ese periodo.
2. Establecimiento del ciclo de examen: Cada Jefatura Provincial de Tráfico
determinará el periodo que tendrá en cuenta para la distribución de la capacidad
entre la demanda. En este ciclo, que se procurará no sea inferior a cinco días
hábiles ni superior a quince, todas las escuelas de la provincia tendrán un turno de
examen.
3. Cálculo de la demanda de exámenes: Para calcular la demanda concreta de
cada escuela, se tendrá en cuenta el número de alumnos que ésta tiene pendientes
para realizar la prueba de circulación de todas las clases de permisos. Este número de
alumnos, vendrá determinado por aquellos que consten en el Registro de Conductores
adscritos a la escuela y que hayan superado las pruebas teóricas o de destreza (según
lo establecido para cada tipo de permiso) en los últimos dos años y estén, por tanto, en
disposición de solicitar un examen de circulación. El límite de dos años, viene impuesto

cve: BOE-A-2023-24843
Verificable en https://www.boe.es

La organización y regulación de las pruebas de aptitudes y comportamientos
corresponde al organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico, facultad que se
ejercerá a través de las distintas Jefaturas Provinciales de Tráfico. En el caso de
las pruebas de circulación en vías abiertas al tráfico en general, la organización de
las pruebas y asignación de citas se hará en base a tres elementos: