I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2023-24842)
Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 6 de diciembre de 2023

Sec. I. Pág. 162007

Disposición adicional octava. Supresión de las Secretarías Generales Técnicas de los
Ministerios suprimidos por el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que
se reestructuran los departamentos ministeriales.
Quedan suprimidas las Secretarías Generales Técnicas de los Ministerios suprimidos
por la disposición final primera del Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el
que se reestructuran los departamentos ministeriales.
Disposición transitoria primera.

Subsistencia de órganos.

1. Sin perjuicio de lo previsto para los órganos directivos creados por este real
decreto, los restantes órganos directivos establecidos en el mismo conservarán su
estructura y funciones en tanto no se proceda a su modificación.
2. Asimismo, los órganos de rango inferior se entenderán subsistentes y
mantendrán su actual denominación, estructura y funciones, en tanto no se realicen las
oportunas modificaciones orgánicas.
3. El personal funcionario y demás personal que resulte afectado por las
modificaciones orgánicas establecidas en este real decreto seguirán percibiendo la
totalidad de sus retribuciones con cargo a los créditos a los que aquellas venían
imputándose, hasta que se adopten las disposiciones y medidas de desarrollo y se
proceda a las correspondientes adaptaciones presupuestarias.
Disposición transitoria segunda.

Titulares de órganos suprimidos.

1. Las personas titulares de los órganos superiores y directivos suprimidos por el
Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales, por el Real Decreto 837/2023, de 22 de noviembre, por el
que se crean Subsecretarías en los departamentos ministeriales, o por el presente real
decreto, mantendrán la condición de alto cargo, desempeñando sus funciones de
dirección de los servicios adscritos a los mismos, en tanto no se acuerde su cese.
2. En particular, seguirá siendo de aplicación lo previsto en el apartado 1 de la
disposición transitoria primera del Real Decreto 158/2023, de 7 de marzo, por el que se
aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal Agencia Espacial Española, en tanto no se
acuerde el cese de la persona titular del Comisionado para el PERTE Aeroespacial.
Disposición transitoria tercera.

Régimen transitorio de los servicios comunes.

1. Los servicios comunes de los ministerios en los que se hayan producido
transferencias de actividad a otros departamentos ministeriales que actualmente no
cuenten con servicios comunes propios seguirán prestando dichos servicios a los
Ministerios a los que correspondan dichas áreas de actividad, hasta tanto se desarrolle la
estructura orgánica básica de los ministerios y se establezca la distribución de efectivos,
con independencia de las medidas iniciales, transitorias y de carácter inmediato que
pueda adoptar la Secretaria de Estado de Función Pública para garantizar el correcto
funcionamiento de los nuevos departamentos ministeriales.
2. Los órganos directivos de la suprimida Subsecretaría de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana quedan adscritos a la Subsecretaría del Ministerio de Transportes y
Movilidad Sostenible. Dichos órganos directivos seguirán prestando servicios al
Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, hasta tanto se desarrolle la estructura orgánica
básica de los ministerios y se establezca la distribución de efectivos.
3. Los órganos directivos de la suprimida Subsecretaría de Asuntos Económicos y
Transformación Digital quedan adscritos a la Subsecretaría del Ministerio de Economía,
Comercio y Empresa. Dichos órganos directivos seguirán prestando servicios al
Ministerio de Transformación Digital, hasta tanto se desarrolle la estructura orgánica
básica de los ministerios y se establezca la distribución de efectivos.
4. Los órganos directivos de la suprimida Subsecretaría de Derechos Sociales y
Agenda 2030 quedan adscritos a la Subsecretaría del Ministerio de Derechos Sociales,

cve: BOE-A-2023-24842
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Núm. 291