III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Delegación de competencias. (BOE-A-2023-24894)
Orden ITU/1307/2023, de 5 de diciembre, por la que se fijan los límites para administrar los créditos para gastos y se delegan competencias en relación con la Secretaría de Estado de Industria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 6 de diciembre de 2023

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los órganos directivos que dependan de la Secretaría de Estado, así como los conflictos
de atribuciones que se susciten entre dichos órganos.
Artículo 7. Aprobación por el Ministro de las delegaciones de competencias de la
persona titular de la Secretaría de Estado de Industria en la persona titular de la
Subdirección General de Oficialía Mayor y Administración Financiera.
Se aprueban las delegaciones efectuadas por la persona titular de la Secretaría de
Estado de Industria en la persona titular de la Subdirección General de Oficialía Mayor y
Administración Financiera de las siguientes competencias:
a) Las facultades de contratación con cargo a los créditos de la Secretaría de
Estado en el ámbito de competencias de la Subdirección General de Oficialía Mayor y
Administración Financiera, que no estén atribuidas a la Junta de Contratación del
departamento y no hayan sido objeto de delegación específica, cuyo valor estimado sea
inferior a 150.000 euros.
b) La aprobación de los expedientes de gasto, la autorización de su compromiso, el
reconocimiento y la propuesta de pago de las obligaciones económicas, así como la
expedición y firma de los documentos contables correspondientes a los mismos, en el
ámbito de sus competencias, que no hayan sido objeto de delegación específica y su
importe sea inferior a 150.000 euros.
Artículo 8. Aprobación por el Ministro de las delegaciones de competencias de la
persona titular de la Secretaría de Estado de Industria en la persona titular de la
Subdirección General de Planificación y Gestión de Recursos Humanos.
Se aprueban las delegaciones efectuadas por la persona titular de la Secretaría de
Estado de Industria en la persona titular de la Subdirección General de Planificación y
Gestión de Recursos Humanos, referentes a la competencia para la aprobación de los
expedientes de gasto, la autorización de su compromiso y el reconocimiento de las
obligaciones económicas con cargo al Capítulo 1 de los presupuestos de los servicios de
la Secretaría de Estado y a los correspondientes créditos de anticipos al personal al
servicio del Departamento, así como la autorización, conforme a la normativa vigente, de
las deducciones proporcionales de haberes.
Artículo 9. Aprobación por el Ministro de la delegación de competencias de la
Subsecretaría de Industria y Turismo en la persona titular de la Secretaría de Estado
de Industria.
1. Se aprueba la delegación por la persona titular de la Subsecretaría en la persona
titular de la Secretaría de Estado de Industria del nombramiento y cese de personal
eventual de su respectivo ámbito de actuación.
2. Se aprueba la delegación de la competencia para la designación de las
comisiones de servicio con derecho a indemnización del personal al servicio del
Departamento, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4.1 del Real Decreto 462/2002,
de 24 de mayo, sobre indemnización por razón de servicio, así como la autorización de
las posibles modificaciones de las condiciones de las mismas previstas en el
artículo 24.1 y en la disposición adicional novena de dicha norma, efectuada por la
persona titular de la Subsecretaría de Industria y Turismo en la persona titular de la
Secretaría de Estado de Industria respecto a la persona titular de la Dirección General de
Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, y a la persona titular de la Jefatura de su
Gabinete.

cve: BOE-A-2023-24894
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Núm. 291