III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Delegación de competencias. (BOE-A-2023-24894)
Orden ITU/1307/2023, de 5 de diciembre, por la que se fijan los límites para administrar los créditos para gastos y se delegan competencias en relación con la Secretaría de Estado de Industria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 6 de diciembre de 2023

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como la desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento, cuando, en este ámbito,
correspondan al Ministro.
Artículo 4. Delegaciones del Ministro en la persona titular de la Dirección General de
Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa.
Se delegan en la persona titular de la Dirección General de Industria y de la Pequeña
y Mediana Empresa las siguientes competencias:
a) La resolución desestimatoria de las solicitudes y la resolución en casos de
prescripción, renuncia del derecho, caducidad del procedimiento o desistimiento de la
solicitud, así como la desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento, de todo tipo
de ayudas y subvenciones públicas.
b) Los acuerdos de cancelación de garantías prestadas por los beneficiarios de
ayudas y subvenciones públicas, a favor del órgano directivo gestor de dichas ayudas y
subvenciones.
Artículo 5. Aprobación por el Ministro de la delegación de competencias del Secretario
de Estado de Industria en la persona titular de la Dirección General de Industria y de
la Pequeña y Mediana Empresa.
Se delegan en la persona titular de la Dirección General de Industria y de la Pequeña
y Mediana Empresa las siguientes competencias:
a) La celebración de convenios con organismos públicos y con personas físicas o
jurídicas sujetas al Derecho privado que correspondan a la Secretaria de Estado y cuyo
importe sea inferior a 900.000 euros.
b) Las facultades de contratación no atribuidas a la Junta de Contratación del
departamento y de formalización de encargos a medios propios personificados, a que se
refiere el artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, cuyo valor estimado sea inferior a 150.000 euros.
c) La concesión de ayudas y subvenciones públicas, así como el inicio y la
resolución de los expedientes sancionadores en esta materia, cuyo importe sea inferior
a 900.000 euros.
d) La aprobación de los expedientes de gasto, la autorización de su compromiso, el
reconocimiento y la propuesta de pago de las obligaciones económicas, así como la
expedición y firma de los documentos contables correspondientes a los mismos, cuyo
importe sea inferior a 150.000 euros en materia de contratación y de formalización de
encargos a medios propios personificados e inferior a 900.000 euros, en el resto de
competencias delegadas.
Artículo 6. Aprobación por el Ministro de delegaciones de competencias de la persona
titular de la Secretaría de Estado de Industria en la persona titular de la
Subsecretaría de Industria y Turismo.
Se aprueba la delegación por la persona titular de la Secretaría de Estado de
Industria en la persona titular de la Subsecretaría de Industria y Turismo de las
siguientes competencias:
a) La competencia de nombramiento y separación de los Subdirectores Generales
y asimilados a propuesta del titular de la Secretaría de Estado.
b) La resolución de los expedientes de revisión de actos en vía administrativa, tanto
en los supuestos de revisión de oficio, declaración de lesividad y revocación de actos
administrativos a los que se refieren los artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas; como en los casos de recursos administrativos, regulados en los artículos 112 y
siguientes de la mencionada ley, que se inicien o interpongan contra actos dictados por

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Núm. 291