III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-24819)
Resolución de 24 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Al Air Liquide España, SA, y Air Liquide Ibérica de Gases, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290

Martes 5 de diciembre de 2023

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Artículo 53 bis. Procedimiento de solución de conflictos.
Si tras la mediación de la comisión de vigilancia e interpretación del convenio
subsiste el desacuerdo, a los efectos del artículo 85-3 c) del Estatuto de los
Trabajadores, podrá someterse la desavenencia a las reglas y procedimientos
establecidos en el Acuerdo sobre solución autónoma de conflictos laborales (ASAC),
suscrito entre UGT y CCOO. y CEOE y CEPYME. Lo mismo será de aplicación en los
supuestos de discrepancias que puedan surgir para la no aplicación de las condiciones
de trabajo, de conformidad con lo establecido en el artículo 82.3 del Estatuto de los
Trabajadores.
CAPÍTULO XI
Seguridad, salud laboral y medio ambiente
Artículo 54.

Seguridad y salud laboral.

La prevención de la seguridad y salud de las personas trabajadoras se hará de
acuerdo con lo establecido en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, Ley 31/1995,
de 8 de noviembre, disposiciones concordantes y principios generales de seguridad y
salud establecidos por la empresa en cada momento.
A)

Principios generales.

– El fin último de la Seguridad es proteger la salud de las personas trabajadoras, su
bienestar la integridad de las instalaciones, siendo tarea de todos hasta el punto de ser
una condición de empleo.
– Objetivo permanente de Cero Accidentes.
– Investigación de todos aquellos accidentes e incidentes que se produzcan cuando
la gravedad lo requiera.
B)

Prevención de riesgos laborales y vigilancia de la salud.

La Dirección de la Empresa llevará a cabo la actuación preventiva de acuerdo con lo
establecido en el Reglamento de los Servicios de Prevención, Real Decreto 39/1997,
llevando a cabo, entre otras, las siguientes prácticas y acciones:
– Evaluación de Riesgos (análisis de los riesgos, evaluación y elección de medidas
preventivas) y su actualización permanente.
– Planificación de la acción preventiva a fin de eliminar, controlar y reducir los
riesgos.
– Las personas trabajadoras tendrán derecho a reconocimientos médicos genéricos
y a la vigilancia de la salud, inicial y periódica, en función de los riesgos específicos de
cada puesto de trabajo, en los términos previstos en el artículo 22 y concordantes de la
Ley de Prevención de Riesgos Laborales. La información dimanante de esta vigilancia
respetará siempre el derecho a la intimidad y dignidad de la persona trabajadora y la
confidencialidad de la información relacionada con su estado de salud.
Representación de las personas trabajadoras en seguridad y salud laboral.

– Cada una de las empresas comprendidas en el ámbito funcional de este convenio
tendrá sus propios órganos de representación. Las personas trabajadoras participarán
en los términos legalmente previstos, estando representadas, según corresponda, a
través de Delegados de Prevención, Comités de Seguridad y Salud y Comité
Intercentros de Seguridad y Salud Grupo AL.
– El Comité Intercentros de Seguridad y Salud Grupo Air Liquide, será el órgano
paritario competente en todos los aspectos que afecten a más de una empresa del

cve: BOE-A-2023-24819
Verificable en https://www.boe.es

C)